Senadores y diputados de diversos partidos dejaron en claro que la minuta aprobada en el Senado de la República a la Ley Federal del Trabajo sobre las vacaciones dignas, no será modificada en Cámara de Diputados, donde en comisiones se realizaron algunos cambios.
En conferencia de prensa en el Senado de la República, los diputados Aleida Allavez (Morena), Salomón Chertorisky (MC), Tereso Merino (PRI), así como los senadores Napoleón Gómez (Morena), Patricia Mercado (MC) César Cravioto (Morena), señalaron en que no se harían en Cámara Baja modificaciones a la reforma aprobada en el Senado.
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Explicaron que, ante algunos malos entendidos sobre el tiempo aprobado para las vacaciones, que se autorizaron en el Senado 12 días corridos, y que en Diputados se buscaba aprobar un cambio de seis corridos y los demás negociados con el patrón, esto ya no será así.
Cesar Cravioto explicó que los legisladores dejaron claro que no habrá modificaciones como lo hizo la Comisión de Trabajo de Cámara de Diputados, donde se hicieron cambios al proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones, enviada por el Senado de la República.
El dictamen enviado originalmente por la Cámara Alta sería modificado en la colegisladora, para que los 12 días que ya fueron aprobados, sean fragmentados para que los primeros seis días sean continuos y el resto en acuerdo con el patrón.
Mientras se llevaba la conferencia de prensa en las instalaciones del Senado de la República, los grupos sindicales que se manifestaban en la Cámara de Diputados para que se respetara lo aprobado, se retiraron tras conocer el veredicto al que llegaron los legisladores de ambas cámaras.
El texto vigente de la Ley Federal de Trabajo en su Artículo 76 señala: “Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.
“Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios”.
En la minuta enviada por el Senado de la República, el cambio que refiere es que “A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios”.
El presente decreto entrará en vigor el 1° de enero de 2023, o al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, si esta fuera en el año 2023.
Las modificaciones serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras.