La legitimación surgió de la necesidad de depurar los contratos colectivos de protección, esto es sin tomar en cuenta la anuencia e inclusión de los trabajadores que ascienden a 580 mil en los ámbitos federal y local. Y se estima que solo cerca del 10 al 15% podrían legitimarse.
Esto significa que entre 460 mil y 520 mil contratos que no se revisan y están inactivos, es el reflejo de la enorme simulación que existió en el mundo del trabajo.
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Y esta legitimación de los contratos colectivos de trabajo en el sector automotriz, es vital para cumplir con las responsabilidades del T-MEC. Es un compromiso que el país asumió con la firma de este tratado comercial, por lo que el cumplimiento de las nuevas reglas es importante, afirmó Esteban Martínez Mejía, de la STPS.
El gran riesgo a enfrentar es que no se realicen los procesos democráticos como lo establece la ley y que ello de pie a algún tipo de queja por violación de la libertad sindical y negociación colectiva.
Así lo mencionó Martínez Mejía, titular de la Unidad de Enlace para la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (SYTPS), durante la mesa de trabajo virtual con los agremiados de la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz, A.C. (AMIA).
Comentó que se mantiene intenso trabajo para impulsar el cumplimiento de la reforma laboral con todos los sectores. No solo porque hay plazos establecidos, sino porque el incumplimiento de lo que señala el Capítulo Laboral del T-MEC puede repercutir en las relaciones comerciales de México.
Refirió que si bien legitimación de los contratos colectivos de trabajo la deben realizar los sindicatos, los empleadores tienen un papel en este proceso que es importante que se conozcan así como los parámetros que deben observar y evitar el principio de no injerencia que marcan los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la propia legislación, para evitar quejas internacionales derivadas de la operación del T-MEC.
“Puede ser que n se trate de una violación flagrante sino que haya un incumplimiento de las nuevas normas, de los nuevos estándares y que no sean conscientes de ello tanto sindicatos como empleadores2.
Y puso como ejemplo: “Es vital no obligar a un trabajador a que se afilie a un sindicato al momento de su contratación”.
Comentó que este proceso surgió de la necesidad d depurar los contratos colectivos de protección que se firmaban sin la anuencia e inclusión de los trabajadores, que fueron una realidad en gobiernos anteriores y que ascienden a 580 mil depositados en los ámbitos federal y local.
Los pasos a seguir del Protocolo de la LCCT que incluyen el registro en la plataforma www.legitimacioncontratoscolectivos.stps.gob,mx es donde se deben cubrir los requisitos solicitados para que se emita la papelería necesaria.
Previo a la consulta, el empleador deberá entregar un ejemplar impreso al sindicato del CCT; se designa una Comisión que organiza la elección y la STPS verifica su realización y posteriormente emite el acta del resultado.
El funcionario de la STSP habló de la importancia de mantener acercamiento con la AMIA y propuso a su presidente ejecutivo José Guillermo Zozoya Delano, continuar con las mesas de trabajo e impulsar una hoja de ruta para identificar el universo de contratos que existen, número de centros de trabajo y trabajadores que cubren y garantizar la cobertura en la verificación y logística necesaria.