/ martes 15 de octubre de 2024

Publican en el DOF ley reglamentaria de la reforma al Poder Judicial

Con esto, desde hoy ya son oficiales las reglas para la elección de ministros, jueces y magistrados a partir de 2025

Apenas unas horas después de que la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la noche del lunes. Con esto, desde hoy ya son oficiales las reglas para la elección de ministros, jueces y magistrados a partir de 2025.

La reforma se aprobó ayer en el Pleno de San Lázaro minutos antes de las 20:00 horas y su publicación en el DOF ocurrió antes de la medianoche. De acuerdo con el decreto publicado, se denomina “personas juzgadoras” a ministros, magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación, así como de los poderes judiciales locales; quienes serán electos por voto popular.

En la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se agrega un “Libro Noveno” en donde se expone con detalle el procedimiento de la elección para cambiar a las personas juzgadoras.

Allí se coloca al Instituto Nacional Electoral (INE) como el responsable de organizar los comicios. Además se estipula que el Senado de la República tendrá que emitir la convocatoria para quienes deseen postularse y competir por un cargo en el Poder Judicial. Dicha convocatoria tendrá que ser publicada el próximo miércoles 16 de octubre.

La convocatoria deberá incluir los requisitos que tienen que cubrir las personas postulantes a un cargo, así como los parámetros para que cada Poder de la Unión -Ejecutivo, Legislativo y Judicial- conforme su Comité de Evaluación para filtrar candidatos.

El mismo decreto especifica que será el primer domingo de junio de 2025 cuando se convoque a la ciudadanía a acudir a las urnas y renovar los cargos del Poder Judicial.

Entre otros aspectos, se contemplan también las reglas electorales como la duración de la campaña electoral que será de 60 días, la prohibición de financiamiento público y privado, la imposibilidad de que los partidos políticos hagan proselitismo a favor o en contra de cualquier candidato, entre otros aspectos.

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Anoche, la Cámara de Diputados también aprobó la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, pero las modificaciones a dicha ley todavía no se publican en el Diario Oficial de la Federación. Se prevé que el decreto quede listo la tarde de este martes y con ello queden listas las dos leyes reglamentarias de la reforma constitucional al Poder Judicial.

Apenas unas horas después de que la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la noche del lunes. Con esto, desde hoy ya son oficiales las reglas para la elección de ministros, jueces y magistrados a partir de 2025.

La reforma se aprobó ayer en el Pleno de San Lázaro minutos antes de las 20:00 horas y su publicación en el DOF ocurrió antes de la medianoche. De acuerdo con el decreto publicado, se denomina “personas juzgadoras” a ministros, magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación, así como de los poderes judiciales locales; quienes serán electos por voto popular.

En la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales se agrega un “Libro Noveno” en donde se expone con detalle el procedimiento de la elección para cambiar a las personas juzgadoras.

Allí se coloca al Instituto Nacional Electoral (INE) como el responsable de organizar los comicios. Además se estipula que el Senado de la República tendrá que emitir la convocatoria para quienes deseen postularse y competir por un cargo en el Poder Judicial. Dicha convocatoria tendrá que ser publicada el próximo miércoles 16 de octubre.

La convocatoria deberá incluir los requisitos que tienen que cubrir las personas postulantes a un cargo, así como los parámetros para que cada Poder de la Unión -Ejecutivo, Legislativo y Judicial- conforme su Comité de Evaluación para filtrar candidatos.

El mismo decreto especifica que será el primer domingo de junio de 2025 cuando se convoque a la ciudadanía a acudir a las urnas y renovar los cargos del Poder Judicial.

Entre otros aspectos, se contemplan también las reglas electorales como la duración de la campaña electoral que será de 60 días, la prohibición de financiamiento público y privado, la imposibilidad de que los partidos políticos hagan proselitismo a favor o en contra de cualquier candidato, entre otros aspectos.

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Anoche, la Cámara de Diputados también aprobó la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, pero las modificaciones a dicha ley todavía no se publican en el Diario Oficial de la Federación. Se prevé que el decreto quede listo la tarde de este martes y con ello queden listas las dos leyes reglamentarias de la reforma constitucional al Poder Judicial.

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