/ martes 22 de octubre de 2024

Senado aprueba en comisiones reformas de Sheinbaum para garantizar la igualdad de género

Estas reformas que perfilan modificar seis artículos de la Constitución: el 4, 21, 41, 73, 116 y 123, presentadas por la presidenta Claudia Sheinbaum

El Senado de la República aprobó por unanimidad en comisiones el paquete de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos orientado a promover la igualdad sustantiva, la erradicación de la violencia de género y la reducción de la brecha salarial entre mujeres y hombres.

Estas reformas que perfilan modificar seis artículos de la Constitución: el 4, 21, 41, 73, 116 y 123, presentadas por la presidenta Claudia Sheinbaum, buscan consolidar la perspectiva de género en el marco constitucional y fortalecer los derechos de las mujeres.

La senadora Marta Lucía Micher Camarena, presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, destacó que las iniciativas tienen como ejes fundamentales la constitucionalización del derecho a la igualdad sustantiva, la erradicación de la violencia contra mujeres, adolescentes y niñas, y la institucionalización de la perspectiva de género en todas las políticas públicas.

Principales cambios constitucionales

La reforma propone modificaciones a varios artículos de la Constitución, entre los que destaca el artículo 4º, que establece la obligación del Estado de garantizar la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres y el derecho de toda persona a vivir una vida libre de violencia. Se reconoce, además, la existencia de diversas formas de familia en México.

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El artículo 41 establece que los nombramientos en la administración pública deberán observar el principio de paridad de género, mientras que el artículo 73 habilita a las autoridades federales a intervenir en casos de violencia de género. La reforma también exige la creación de fiscalías especializadas en la investigación de delitos relacionados con esta violencia.

En cuanto al artículo 123, se plantea la erradicación de la brecha salarial de género, asegurando que a trabajo igual corresponda salario igual, sin distinciones de género.

Deberes reforzados de protección

Otro punto clave es el reconocimiento del “deber reforzado” del Estado en la protección de mujeres, adolescentes y niñas, particularmente en casos de violencia. Este concepto, basado en precedentes internacionales como la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Campo Algodonero”, exige al Estado adoptar medidas integrales y preventivas para garantizar la seguridad de las mujeres en situaciones de riesgo.

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Las comisiones dictaminadoras coincidieron en que estas reformas representan un paso histórico hacia la igualdad sustantiva, al elevar la perspectiva de género a rango constitucional, lo que permitirá una justicia más equitativa para las mujeres en México.

El dictamen aprobado la noche de este martes por las tres comisiones dictaminadoras fue remitido a la Mesa Directiva de la Cámara alta para su publicación en la Gaceta Parlamentaria y su eventual discusión y votación en el Pleno camaral.

El Senado de la República aprobó por unanimidad en comisiones el paquete de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos orientado a promover la igualdad sustantiva, la erradicación de la violencia de género y la reducción de la brecha salarial entre mujeres y hombres.

Estas reformas que perfilan modificar seis artículos de la Constitución: el 4, 21, 41, 73, 116 y 123, presentadas por la presidenta Claudia Sheinbaum, buscan consolidar la perspectiva de género en el marco constitucional y fortalecer los derechos de las mujeres.

La senadora Marta Lucía Micher Camarena, presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, destacó que las iniciativas tienen como ejes fundamentales la constitucionalización del derecho a la igualdad sustantiva, la erradicación de la violencia contra mujeres, adolescentes y niñas, y la institucionalización de la perspectiva de género en todas las políticas públicas.

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La reforma propone modificaciones a varios artículos de la Constitución, entre los que destaca el artículo 4º, que establece la obligación del Estado de garantizar la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres y el derecho de toda persona a vivir una vida libre de violencia. Se reconoce, además, la existencia de diversas formas de familia en México.

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El artículo 41 establece que los nombramientos en la administración pública deberán observar el principio de paridad de género, mientras que el artículo 73 habilita a las autoridades federales a intervenir en casos de violencia de género. La reforma también exige la creación de fiscalías especializadas en la investigación de delitos relacionados con esta violencia.

En cuanto al artículo 123, se plantea la erradicación de la brecha salarial de género, asegurando que a trabajo igual corresponda salario igual, sin distinciones de género.

Deberes reforzados de protección

Otro punto clave es el reconocimiento del “deber reforzado” del Estado en la protección de mujeres, adolescentes y niñas, particularmente en casos de violencia. Este concepto, basado en precedentes internacionales como la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Campo Algodonero”, exige al Estado adoptar medidas integrales y preventivas para garantizar la seguridad de las mujeres en situaciones de riesgo.

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Las comisiones dictaminadoras coincidieron en que estas reformas representan un paso histórico hacia la igualdad sustantiva, al elevar la perspectiva de género a rango constitucional, lo que permitirá una justicia más equitativa para las mujeres en México.

El dictamen aprobado la noche de este martes por las tres comisiones dictaminadoras fue remitido a la Mesa Directiva de la Cámara alta para su publicación en la Gaceta Parlamentaria y su eventual discusión y votación en el Pleno camaral.

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