Este martes entran en vigor las nuevas disposiciones en materiade aviación, sin embargo, las aerolíneas tendrán 90 díashábiles para adecuar sus procedimientos con el fin de darcumplimiento a las disposiciones, entre las que se encuentran laindemnización por demoras.
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La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), informó através del Diario Oficial de la Federación (DOF), las nuevasdisposiciones:
⚡ Las líneas aéreas deberán indemnizar con7.5% del precio del boleto a sus pasajeros en caso dedemoras de entre dos hasta cuatro horas en susvuelos.⚡ Si el retraso es mayor a cuatro horas, elusuario será compensado con 25% del precio delboleto o de la parte no realizada del viaje.
⚡ En caso de cancelación del vueloatribuible a las aerolíneas, estas deberán ofrecer a los usuariosafectados el transporte sustituto en el primer vuelodisponible.
⚡ También deberán proporcionar al usuario, como mínimo ysin cargo, acceso a llamadas telefónicas y envío decorreos electrónicos; alimentos, alojamiento, en esteúltimo caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
⚡ Si la demora es superior a una hora e inferior a cuatro, secompensará conforme las políticas de compensación de cada líneaaérea, aunque deberá incluir como mínimo, descuentos para vuelosen fecha posterior hacia el destino contratado, alimentos ybebidas.
⚡ Para vuelos nacionales e internacionales, el usuariopodrá transportar sin cargo alguno, 25 kilogramos deequipaje cuando los vuelos se realicen en aeronaves concapacidad para 20 pasajeros o más, 15 kilogramos cuandosea de menor capacidad.
⚡ Además podrá llevar en cabina hasta dos piezas deequipaje de mano con dimensiones cada una de hasta 55centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los 10kilogramos, siempre y cuando no disminuyan la seguridad.
Entérate:
La dependencia expuso que también el permisionario oconcesionario deberá presentar y registrar cada seis meses, antela SCT y la Procuraduría Federal de Consumidor (Profeco), laspolíticas de compensación, las cuales serán públicas.
Para los servicios de transporte aéreo internacional, “eltransporte de equipaje se sujetará a lo dispuesto en losTratados”, entre otras disposiciones, puntualizó.
El Ejecutivo Federal y la Secretaría de Comunicacionescontarán con 180 días hábiles para realizar las adecuaciones ymodificaciones a los reglamentos, elaborar normas oficiales a lasque se hace referencia en los artículos reformados yadicionados.
Así como llevar a cabo un mecanismo público, eficaz y expeditoque, en caso de que la salida de un vuelo se retrase o cancele,permita al pasajero conocer las causas y determine si esresponsable la aerolínea.