Los elementos de la desaparecida Policía Federal (PF) que aceptaron pasar a la Guardia Nacional tienen el derecho a conservar su rango y prestaciones de ley, conforme al decreto que dio origen a esta nueva corporación, así lo concluyó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
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La Segunda Sala resolvió dos amparos promovidos por ex elementos de la PF, en contra de un Acuerdo emitido por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana en junio de 2020 así como a un punto de la minuta de la mesa de diálogo que establecieron los policías federales con dicha dependencia federal, en septiembre del 2019.
En dichos documentos se imponían límites al reconocimiento de grados y prestaciones adquiridos por los elementos de la PF, en violación a lo establecido en el decreto que creó a la Guardia, por lo cual los ministros de la SCJN coincidieron en que dicha pretensión era ilegal, pues equivalía a desconocer los derechos y trayectoria de los expolicías federales.
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A propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, la Corte concluyó que no reconocer los derechos adquiridos de los ex policías sería contrario a la legalidad “porque conllevan un rechazo a su relación de subordinación con el Estado y a los derechos derivados de la carrera policial como si fuera una renuncia y sin que se actualice alguna de las causales de terminación previstas en la indicada Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública y en la Ley de la Policía Federal".