De 2018 a la fecha aumentaron 35 por ciento las carpetas de investigación por aborto, incluso en estados que ya despenalizaron esta práctica. Esta alza en carpetas de investigación persistió aún cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional —el 7 de septiembre de 2021— criminalizar a las mujeres y personas gestantes que decidieran interrumpir su embarazo.
Entre 2021 y 2022 el aumento fue de 16.34 por ciento al pasar de 704 investigaciones abiertas en el primer año, a 819 en el segundo, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
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Paradójicamente, el crecimiento de investigaciones por ilícitos relacionados con la interrupción del embarazo ha ido de la mano con el número de estados que han despenalizado la práctica, pues hasta 2018 la única entidad que la permitía era la Ciudad de México, que despenalizó el aborto en abril de 2007.
A partir de entonces, la llamada “marea verde” —como se denominan los grupos feministas que abogan por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito— se extendió hacia los estados de Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Coahuila, Sinaloa, Colima, Guerrero, Baja California Sur y Quintana Roo, que despenalizaron la interrupción del embarazo entre 2019 y 2022.
El que las fiscalías locales abran carpetas de investigación por este ilícito no quiere decir que las indagatorias se inclinen propiamente en contra de la mujer que abortó, ya que también se puede perseguir al personal médico o a un tercero que provocó la pérdida del “producto”, como lo define el Código Penal Federal.
Sin embargo, el que esta cifra continúe creciendo expone la falta de voluntad política de los congresos locales para despenalizar el aborto, lo que genera un riesgo de criminalización en contra de las mujeres, advirtió en entrevista con El Sol de México Melissa Ayala, coordinadora del área de Litigio del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).
“Los últimos años han sido bastante buenos para el movimiento feminista en términos de la despenalización del aborto, desafortunadamente aún existen muchos estados que siguen teniendo en sus códigos penales locales la criminalización.
“(Y en otras entidades como) la Ciudad de México, por ejemplo, en donde el aborto se encuentra despenalizado hasta la semana 12, cualquier aborto que se realice después podría ser criminalizado, desafortunadamente, (entonces) creo que es crucial que saquemos el aborto de los códigos penales y que cualquier tipo de limitante temporal que se quisiera llegar a impulsar esté en las leyes sanitarias”, sostuvo.
Actualmente, son 11 las entidades que eliminaron las penas en contra de las mujeres en caso de que deseen abortar antes de los primeros cuatro meses de gestación, no obstante, los 21 restantes contemplan en sus códigos penales sanciones en contra de ellas que van desde 15 días de prisión, en el caso de Tlaxcala, hasta seis años como ocurre con Chihuahua. Todas ellas, además, con multas económicas.
En 2021, frente a esta situación de criminalización, la Suprema Corte discutió y aprobó por unanimidad una acción de inconstitucionalidad que generó un precedente favorable para las mujeres y personas gestantes que deseen abortar.
De esta manera, aunque se les abra una carpeta de investigación por el delito de aborto, no podrán ser sancionadas penalmente en ningún estado de la República siempre y cuando el acto no se haya cometido después de las primeras 12 semanas del embarazo.
La Corte, en su sentencia de 2021, determinó el límite de 12 semanas para considerar legal la interrupción de un embarazo debido a que el producto tiene un incipiente desarrollo y resulta menos riesgoso para la salud de la mujer o la persona gestante, de acuerdo con la información científica disponible.
El autor del proyecto, el ministro Luis María Aguilar Morales, explicó a este diario que aunque las cifras de delitos de aborto sigan creciendo y el delito no desaparezca de la mayoría de los códigos penales del país, los juzgadores federales y locales tienen la obligación de no abrir procesos ni dictar sentencias en contra de las mujeres.
Lo ideal en este caso, considera, es que “por sentido común” los congresos continúen legislando y desaparezcan el delito de aborto de sus códigos penales, pero aun si ello no ocurre, no importa, porque con lo dictado en la sentencia del Alto Tribunal esos ilícitos son “letra muerta”.
“Lo deseable es pronto los legisladores tengan el sentido común y la decencia de eliminar de sus códigos penales ese tipo de delitos que ya la Corte decidió que no debe criminalizarse ni sancionarse a ninguna mujer (...) porque ya no tiene caso (mantenerlos) por el hecho de que los jueces ya no pueden aplicarlos”, concluyó.
Sin embargo, a pesar de esta protección que dio a la mujer la SCJN, la especialista en litigio del GIRE advierte que sigue habiendo casos en los que las autoridades criminalizan e incluso encarcelan a mujeres por haber abortado.
Recuerda el caso de Aurelia García, originaria de Guerrero, quien permaneció encarcelada durante tres años por el delito de “homicidio en razón de parentesco” que le imputó la Fiscalía de su estado en 2019, luego de sufrir un aborto involuntario en el que casi pierde la vida.
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Aurelia, quien estaba embarazada de su violador, obtuvo su libertad en diciembre pasado gracias al acompañamiento del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, el cual decidió apelar la sentencia en su contra al percatarse de irregularidades cometidas, como la falta de un intérprete de español a náhuatl −su idioma madre−, así como la asignación de un defensor de oficio que no le explicó las implicaciones de la acusación.
“Este caso es muy paradigmático porque también nos habla de cómo las mujeres indígenas son especialmente vulnerables en estos casos, dada la falta de intérpretes. Entonces, muchas veces estas instituciones, como son las fiscalías locales, utilizan otros delitos para procesar a las mujeres tras un aborto involuntario”, acusó.