El país está siendo azotado por una intensa ola de calor, la cual seguirá aumentando las temperaturas y, de acuerdo con la UNAM, es probable que se superen los registros históricos.
Ante ello, la Máxima Casa de Estudios emitió una serie de recomendaciones para evitar que las mascotas sufran por la onda de calor, entre ellas destaca el no dejarlas en la azotea.
Sin embargo, la UNAM no es la única dependencia que exige evitar la exposición de las mascotas a los intensos rayos del sol y al calor en la azotea, pues esta acción está penada en la Ley de Protección y Bienestar de los Animales de la Ciudad de México.
¿Debo pagar una multa por tener a mi perro en la azotea?
El artículo 24 de la Ley de Protección Animal establece que todos los actos de crueldad y maltrato deben ser sancionados, entre los que destaca:
- Todo hecho, acto u omisión que pueda ocasionar dolor, sufrimiento, poner en peligro la vida del animal o afectar su bienestar
- Toda privación de aire, luz alimento, abrigo contra la intemperie, alojamiento inadecuado o que cause o pueda causar daño animal
- Abandonar a los animales, o mantenerlos en situación de abandono
Ante ello, el tener un perro en la azotea es considerado situación de abandono y en sufrimiento, ante las olas de calor, por lo que deberías pagar una multa, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Protección Animal.
¿De cuánto es la multa por tener a mi perro en la azotea?
De acuerdo con la ley, por tener a tu perro en la azotea deberías pagar una multa de hasta 10 mil pesos, en caso de vivir en la Ciudad de México. Por su parte, el Código Penal de la CDMX también castiga las lesiones a los animales con una sanción de seis meses a dos años de prisión.
En caso de que vivas en el Estado de México, San Luis Potosí, Guanajuato o Guadalajara, la multa asciende hasta los 50 mil pesos.