/ martes 23 de abril de 2024

De forma privada, SCJN aprueba nuevo criterio para audiencias públicas

La medida establecida por el Pleno de la SCJN podría afectar principalmente a comunidades indígenas, advirtió la ministra Lenia Batres

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acordó de forma privada, un nuevo criterio que dificulta el derecho de celebrar audiencias públicas sobre asuntos que llegan al máximo tribunal.

La ministra Lenia Batres expuso mediante un comunicado que la decisión afecta principalmente a las comunidades indígenas y su posibilidad de participar en procesos judiciales que impactan directamente en sus derechos y territorios.

Según comunicó Batres, el acuerdo establece que las solicitudes para participar en audiencias públicas deben presentarse antes de que el proyecto respectivo sea oficialmente compartido entre los ministros de la Corte.

Sin embargo, advierte la ministra, el momento en que se considera que el proyecto ha sido "dado a conocer" es cuando es entregado a la Secretaría General de la SCJN, un paso que ocurre internamente y no está sujeto a un registro público en tiempo real. Lo que provoca que sea difícil para los interesados, especialmente las comunidades indígenas, enterarse oportunamente y presentar sus argumentos de manera efectiva.

Batres Guadarrama denunció que esta decisión afecta directamente a las comunidades indígenas, señalando que varias de ellas han solicitado presentar argumentos en controversias constitucionales importantes, como las relacionadas con impugnaciones a leyes municipales y reglamentos electorales en Michoacán.

Estos casos han sido fundamentales en la jurisprudencia de la SCJN, que desde 2014 ha emitido 82 sentencias anulando normas por falta de consulta indígena, de acuerdo con la información compartida por “la ministra del pueblo”, cómo se ha dado a conocer.

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Lenia Batres reclamó al Pleno de la SCJN la falta de transparencia, igualdad y democracia en ciertos procesos judiciales que se llevan a cabo en la Corte.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acordó de forma privada, un nuevo criterio que dificulta el derecho de celebrar audiencias públicas sobre asuntos que llegan al máximo tribunal.

La ministra Lenia Batres expuso mediante un comunicado que la decisión afecta principalmente a las comunidades indígenas y su posibilidad de participar en procesos judiciales que impactan directamente en sus derechos y territorios.

Según comunicó Batres, el acuerdo establece que las solicitudes para participar en audiencias públicas deben presentarse antes de que el proyecto respectivo sea oficialmente compartido entre los ministros de la Corte.

Sin embargo, advierte la ministra, el momento en que se considera que el proyecto ha sido "dado a conocer" es cuando es entregado a la Secretaría General de la SCJN, un paso que ocurre internamente y no está sujeto a un registro público en tiempo real. Lo que provoca que sea difícil para los interesados, especialmente las comunidades indígenas, enterarse oportunamente y presentar sus argumentos de manera efectiva.

Batres Guadarrama denunció que esta decisión afecta directamente a las comunidades indígenas, señalando que varias de ellas han solicitado presentar argumentos en controversias constitucionales importantes, como las relacionadas con impugnaciones a leyes municipales y reglamentos electorales en Michoacán.

Estos casos han sido fundamentales en la jurisprudencia de la SCJN, que desde 2014 ha emitido 82 sentencias anulando normas por falta de consulta indígena, de acuerdo con la información compartida por “la ministra del pueblo”, cómo se ha dado a conocer.

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