La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó analizar si es constitucional la sanción de “muerte civil”, que es la inhabilitación de por vida para funcionarios declarados culpables por delitos de corrupción.
La acción de inconstitucionalidad fue promovida por Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que pidió invalidar esta sanción, prevista por primera vez en México luego de una reforma vigente desde mayo en Jalisco.
Pese a que no existe un plazo para su resolución, la Corte ya dio entrada la acción de inconstitucionalidad para discutir si es factible que la muerte civil sea aplicada a funcionarios públicos a los que se les demuestre su culpabilidad en actos ilícitos como de corrupción y desvíos de recursos.
En la exposición de motivos de la iniciativa aprobada, se señala que la muerte civil es para funcionarios públicos que hayan cometido corrupción sin importar el monto, sin importar si van o no a la cárcel, basta con que haya una resolución administrativa o penal de que hayan caído en cualquier hecho o acto de corrupción para que se les inhabilite de por vida.
En su argumentación, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) señala que la “muerte civil” es un castigo desproporcionado con la gravedad del delito de corrupción, pues significa prácticamente aislar a las personas de la sociedad.
Afirma que el gobierno de Jalisco invadió atribuciones del Congreso de la Unión, pues en la Ley General vigente, que es de aplicación nacional, se fijaron ocho y 10 años como el tope para inhabilitar a personas físicas y morales, respectivamente.
La discusión de la Corte se centrará en decidir si es constitucional el castigo de inhabilitación perpetua para funcionarios, empresas o particulares que participen en actos de corrupción al contratar con el Gobierno, también conocida como "muerte civil".
No sólo la CNDH interpuso la acción de inconstitucionalidad, también lo hizo la Fiscalía General de la República (FGR).