Ahora los fumadores tendrán que pensarlo dos veces cuando tiren una colilla de cigarro en la calle, pues se podrían hacer acreedores a una multa que rebasará los 25 mil pesos y de hasta de 169 mil a los establecimientos y oficinas públicas que no coloquen cestos para depositar los restos del cigarro.
La propuesta de la diputada de la Ciudad de México, Alessandra Rojo de la Vega, señala que las colillas de cigarro constituyen unas de las primeras fuentes de basura en el mundo, ya que suponen el 30% del total de desperdicios por delante de los envases de alimentos, botellas y bolsas de plástico.
Se estima que una colilla puede tardar en descomponerse entre 2 y 10 años y acumula parte de los componentes nocivos del tabaco y los libera en contacto con el agua, lo que supone una grave amenaza para la biodiversidad.
La congresista del Partido Verde destacó que en nuestro país, más del 50% de los cigarros se consumen en el exterior y, de éstos, únicamente un aproximado del 41% se deposita en ceniceros o basureros. Esto quiere decir que más de 2 mil 950 millones de colillas acaban en los suelos de las ciudades de México.
"Las colillas de cigarro representan más del 25% de basura en las playas. Cuando un filtro llega a los ríos y mares y hace contacto con el agua, todos los residuos peligrosos son soltados. De esta manera, una sola colilla puede llegar a contaminar hasta cincuenta litros de agua", subrayó la legisladora.
Por ello, dijo es indispensable reformar la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, para que en caso de que una persona tire colillas de cigarro la multa de 30 ($2,534) pase a 300 ($25,347) veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, se elevará en una mitad.
Además, los titulares de los establecimientos mercantiles de bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal, así como dependencias y entidades del Gobierno de la Ciudad de México, las Alcaldías, el Congreso de la Ciudad de México, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y demás órganos autónomos, deberán colocar en el exterior y en los lugares destinados para fumar, contenedores para depósito de colillas de cigarros.
En caso de incumplimiento se sancionará con una multa de 500 ($42,245.00) a 2000 ($168,980.00) veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México.