El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) instruyó a la Secretaría de Salud (Ssa) dar a conocer el número básico de reproducción de Covid-19, el cual corresponde al promedio de contagios que se producen a partir de una persona enferma, especificando la cobertura temporal y geográfica.
“Esa respuesta no sólo es legítima y urgente para quien la pidió, sino que es importante para México entero, porque con la variable R se puede reconocer si se hizo lo adecuado”, aseveró el comisionado presidente del Inai, Francisco Javier Acuña Llamas.
Esta resolución se da, luego de que el solicitante de la información especificó que, en caso de contar con más de un punto en el tiempo, sobre el número básico de reproducción, requería el más reciente y los puntos anteriores para conocer su evolución.
Por otra parte, señaló que, en caso de existir más de un dato de referencia geográfica, se le proporcionaran el nacional y los de las entidades federativas.
La Secretaría de Salud, a través de la Dirección General de Epidemiología, remitió un vínculo electrónico para consultar la información solicitada; mientras que la Unidad de Transparencia indicó que lo requerido es de carácter público y se encuentra en el micrositio electrónico https://coronavirus.gob.mx; además, diariamente, se actualiza el Comunicado Técnico Diario y las conferencias del reporte diario de Covid-19.
Inconforme, el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el Inai, mediante el cual manifestó que la información entregada no corresponde con lo solicitado, pues es una respuesta genérica, que no muestra las cifras.
En alegatos, la Secretaría de Salud declaró la inexistencia de la información relacionada con la variable “R0 de Covid-19.”, aclarando que no se ha realizado ninguna medición de este factor.
Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Presidente del Inai advirtió que la búsqueda de la información solicitada se efectuó en una de las áreas competentes, la Dirección General de Epidemiología; sin embargo, el sujeto obligado omitió turnar la solicitud a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.
Por lo anterior, el pleno del Inai revocó la respuesta de la Secretaría de Salud y le instruyó informar al solicitante el número básico de reproducción para la enfermedad.