Niegan seguro a un menor con síndrome de Down

Aunque un Tribunal Colegiado otorgó un amparo al niño, la empresa sigue sin darle la póliza

Nurit Martínez | El Sol de México

  · domingo 6 de febrero de 2022

La aseguradora de Banorte se negó a renovar la póliza de gastos médicos mayores para un niño con Síndrome de Down / Carlos Mejía | Diario del Sur

La aseguradora de Banorte se negó a renovar la póliza de gastos médicos mayores para un niño con Síndrome de Down, a pesar del amparo otorgado por un tribunal como parte de un litigio de más de dos años, narró la madre del menor, Delia Angélica Ortiz.

Explicó que hace dos años inició un litigio que llegó al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito que confirmó el fallo favorable para un niño con Síndrome de Down, representado por su madre, para que Seguros Banorte concediera la renovación de una póliza de gastos médicos mayores con la que había contado desde su nacimiento y ahora le había sido negada por considerar que tenía “características desfavorables sugestivas de agravación de riesgo”. “Para mí eso es discriminación velada”, dijo Ortiz.

Aunque de manera inicial, el recurso que promovió la familia del menor fue desechado por considerar que la negativa de una aseguradora era una problemática entre particulares, en la que no podía conocer el Estado Mexicano, al final se concedió el amparo indirecto interpuesto por parte del Juzgado Decimoquinto de Distrito en materia administrativa de la Ciudad de México.

En la resolución se explica que los derechos fundamentales gozan de plena eficacia, incluso en las relaciones jurídico privadas, por lo que las compañías de seguros se encuentran vinculadas a la implementación de las medidas ordenadas en la normatividad aplicable en nuestro país para las personas con discapacidad.

Dado que Grupo Financiero Banorte es considerado una institución privada que presta servicio de seguros para proteger la salud de las personas, lo cual es una meta inherente a la existencia del Estado, entonces la aseguradora debía sujetarse a los principios establecidos en la Constitución Mexicana en materia de igualdad.

“De conformidad con las consideraciones expuestas por el máximo Tribunal es dable señalar que no obstante que el contrato de seguro tenga su origen en una relación entre particulares, los derechos de igualdad y no discriminación tienen plena eficacia en tales relaciones; máxime que tiene repercusiones en la protección de la salud de los asegurados, objetivo que excede el mero interés de las partes contratantes, por tratarse de una meta inherente a la existencia del Estado”, señala la resolución.

En el expediente también consta que la madre del menor denunciaba la respuesta discriminatoria por parte de la aseguradora, luego de que en enero de 2020, Seguros Banorte le informará que su póliza no se renovaría por la siguiente razón: “Se rechaza solicitud debido a que el solicitante presenta características desfavorables sugestivas de agravación de riesgo”.

Aunque explícitamente no se hacía mención al Síndrome de Down, el ejecutivo de cuenta había solicitado a la madre del niño un informe detallado sobre la condición de su hijo.

La negativa de renovación de póliza se dio a pesar de que el menor gozaba de este tipo de aseguramiento privado desde su nacimiento, sin que la Trisomía 21 hubiera sido un impedimento para contratarlo.

Amparo indirecto concedido al menor con Síndrome de Down / Lilia Zamora

Desde el 14 de abril, las autoridades judiciales fallaron a favor del menor para que la aseguradora otorgará la renovación correspondiente, respetando la antigüedad de la póliza.

El 23 de septiembre del mismo año, el tribunal colegiado confirmó este fallo y durante 2020 y 2021 la aseguradora emitió la póliza, “pero más como una medida cautelar que por una acción de reconocimiento” de que se estaba discriminando.

Sólo que ahora, cuando no hay de por medio un proceso legal, la aseguradora no ha dado respuesta para la renovación de la póliza para 2022.

“Yo estoy abierta y esperando. ¿Qué busco con esto? Si es que hubo un problema en sus procesos internos que los corrijan, que las cambien y que si hay que hacer campañas de sensibilización que las hagan”, explicó la madre.

Comentó que a pesar del avance en el país, todavía nos falta porque en España se habla de diversidad funcional, en Argentina no hablan de discapacidad sino de diversidad y en Australia cuando se reporta un caso de discapacidad se brindan apoyos para financiar terapias, rehabilitación e intervención temprana, porque se reconoce que es un problema de salud pública, “y no como aquí en la industria de la lástima”.

En respuesta, el banco bloqueó todo contacto con Ortiz, “ahora ni en el correo electrónico, en el que siempre los había contactado, hay respuesta. Ahí les decía que estoy esperando la póliza 2022, que es normalmente el proceso, te contacta el agente, se genera la póliza y se renueva, pero en diciembre mandé el correo y, quiero entender que su área jurídica tenía claro que es un correo importante por estar involucrado en un litigio, tendrían que decir si paga la póliza se genera y sigo esperando”, dijo la madre del menor.

En enero se generó una respuesta automática de que no se pudo enviar porque el correo no existe.

Señaló que en foros internacionales se ha expuesto a lo largo de los dos años de la pandemia de Covid-19 que “cuando se habla de discapacidad se habla de personas con derechos, ya tenemos que cambiar esa vieja idea de hablar de la discapacidad desde el asistencialismo. Eso es del pasado, huele a estancado y mal, porque ahora se habla de diversidad y de derechos”.

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Dijo que su propósito es visibilizar un acto de discriminación y que haya “una respuesta formal. Eso sería, si es que si hubo un error en los procesos y si eso requiere una disculpa, una respuesta formal, al final yo estoy dando la cara por mi hijo”.

Angélica Ortiz comentó que ha buscado el apoyo de diversas organizaciones de la sociedad civil y red de familias con el propósito de visibilizar el caso y buscar asesoría para interponer una denuncia ante Conapred.