El PAN en el Senado planteó reformas para establecer que los servidores públicos que lleguen a conocer conductas de violencia contra las mujeres, deberán denunciarlas de inmediato ante las autoridades correspondientes y quien o quienes sean responsables serán sancionados hasta con 2 mil veces el salario mínimo vigente en la zona económica de que se trate.
Con ese propósito, los senadores presentaron una iniciativa a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a Ley General de Responsabilidades Administrativas; Ley General de Salud y Ley General de Educación.
Los ponentes explican que la ONU ha definido la violencia contra las mujeres como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”.
Señalaron que históricamente las mujeres han sido discriminadas y relegadas a un segundo plano en los ámbitos de decisión de todos los órdenes, sea en el poder público o en el contexto social, empresarial o familiar. Esa desigualdad y discriminación respecto de los hombres, es una forma de violencia contra ellas por razón de género.
Para esto, proponen establecer en legislación que los servidores públicos que, en el ejercicio de sus funciones, llegaren a saber/conocer de conductas que pudieren constituir violencia contra las mujeres, deberán denunciarlas ante las autoridades correspondientes. Lo mismo sucederá con el personal de salud de los sectores público, social y privado.
En caso de que los docentes, el personal que labora en los planteles educativos y las mismas autoridades educativas que tengan conocimiento de la comisión de algún hecho considerado como delito en agravio de los educandos, lo deberán hacer del conocimiento inmediato de la autoridad correspondiente.
Los legisladores panistas establecieron en su iniciativa de reformas y adiciones que se sancionará, con multa hasta 2 mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate, por la violación de las disposiciones contenidas en 19 artículos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,