Piden escuchar en divorcios la opinión de menores

La senadora Josefina Vázquez Mota señaló que en un proceso de divorcio es indispensable que la jueza o juez, escuchen y tomen en cuenta las voces de los menores

Gabriel Xantomila | El Sol de México

  · domingo 29 de noviembre de 2020

Foto: Pixabay

La senadora y presidenta de la Comisión de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, Josefina Vázquez Mota, señaló que en un proceso de divorcio es indispensable que la jueza o juez, escuchen y tomen en cuenta las voces de los menores, cuando se trate de la guarda y custodia de éstos.

Al presentar el dictamen que armoniza la legislación civil con la Convención sobre los Derechos del Niño, la panista dijo que se busca la obligación de los Estados Parte a que en un procedimiento judicial que implique la separación entre menores de su madre o su padre, se ofrecerá a todas las partes interesadas, incluidos niñas, niños y adolescentes.

▶️ Mantente informado en nuestro canal de Google Noticias

“Este dictamen busca garantizar el derecho a expresar la opinión de las niñas, niños y adolescentes en los procesos judiciales de los que sean parte, derivado del caso de un divorcio. A fin de que el juez o la jueza tome en cuenta la opinión de las y los menores involucrados en función de su edad y madurez, y resolver lo conducente garantizando el interés superior de la niñez”, expresó.

La legisladora sostuvo que para 2017, de acuerdo con el Inegi, se registraron cerca de 150 mil divorcios en México; de los cuales el 90 por ciento fueron resueltos en sede judicial, y 40 por ciento de los casos no se tenían hijas e hijos menores de 18 años.

“Al acrecentarse los altos índices de divorcios en nuestro país, es necesario que desde nuestras atribuciones establezcamos mecanismos para salvaguardar el interés de las niñas, niños y adolescentes mexicanos”, afirmó.

Vázquez Mota externó que cada vez que se da una disolución matrimonial, inicia una lucha entre los progenitores por la guarda y custodia de las hijas o hijos, llevándolos a acudir a sedes jurisdiccionales para que el juzgador determine bajo sentencia quién de los dos tendrá la patria potestad.

Recordó que la Convención sobre los Derechos del Niño, prevé la obligación de que se dará en particular a la niña, niño o adolescente, la oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que les afecte, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.

Mientras que la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, contempla que en todos los casos se tendrá en cuenta la opinión de las niñas, niños y adolescentes conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez en materia de patria potestad, precisó.