La prohibición contra el glifosato en los cultivos mexicanos continuará hasta que el Poder Judicial agote el estudio de su impacto, aseguró el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt).
En un comunicado, el Conacyt informó que aportó pruebas científicas de que este herbicida causa cáncer en el sistema linfático y que lo ubican como disruptor endócrino al afectar los sistemas hormonal y reproductivo.
Además, indicó que entregó elementos probatorios de la indisoluble relación entre el uso del herbicida glifosato y los cultivos genéticamente para echar atrás las suspensiones obtenidas por Nayer y el Consejo Nacional Agropecuario (CNA), quienes buscaban revertir esta medida mediante amparo.
Hasta el momento, han sido promovidos 17 juicios de amparo en contra del decreto presidencial de diciembre de 2020, mediante el cual se prohíbe el uso de glifosato de forma gradual hasta lograr su eliminación del campo mexicano en 2024.
De estos, 16 se presentaron por empresas y una por el CNA, como representante del sector Agroalimentaria del país. En 15 de ellos, los jueces han negado la suspensión definitiva y únicamente se habían concedido dos medidas cautelares de carácter provisional a la empresa Monsanto Comercial, cuya filial es Bayer, y la otra al Consejo Nacional Agropecuario.
Durante el proceso judicial el Conacyt exhibió reportes sobre los efectos nocivos en la salud humana y animal, en la diversidad biológica y en el ambiente, que ocasiona la exposición al glifosato y los herbicidas hechos con base en esta sustancia, entre ellos, estudios de cohorte que, al estar basados en diseños observacionales y analíticos, proporcionan una mayor solidez en cuanto a la identificación de relaciones causales.
"Los estudios muestran la asociación entre la exposición a estos químicos y el desarrollo de cáncer en el sistema linfático (Linfoma no Hodgkin), relacionado directamente con los sistemas inmune y circulatorio. También revelan la acción del glifosato como disruptor endócrino que afecta los sistemas hormonal y reproductivo", señaló el Conacyt.
El Conacyt aseguró que tras estos argumentos, ambos jueces negaron la suspensión definitiva a Bayer y el CNA, ya que no consideró que la prohibición "traiga como consecuencia perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público".
"Además, el juez hizo referencia a que 'es de vital importancia velar por proteger la salud de las personas que habitan el país' y consideró 'el principio de precaución, procedente de la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro, mismo que se encuentra contemplado en el Convenio sobre la Diversidad Biológica y el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología', de los que México es parte”, dio a conocer el Conacyt.
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Señaló que estos fueron los argumentos que utilizaron jueces federales para echar atrás suspensiones provisionales otorgadas a Bayer el pasado 7 de mayo y al CNA este 24 de mayo.
"Es imprescindible destacar que, con estas resoluciones judiciales, el decreto presidencial continuará sus efectos jurídicos, en espera de que el Poder Judicial agote el estudio de fondo de la controversia", informó el Conacyt.