/ lunes 30 de marzo de 2020

Declaran emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor al Covid-19

Marcelo Ebrard fue quien informó sobre la declaratoria de emergencia, la cual estará vigente hasta el 30 de abril 2020

El gobierno de México declaró emergencia sanitaria por la epidemia de coronavirus hasta el 30 de abril ante el aumento en el número de casos en el país, que alcanzan mil 94 contagios y 28 fallecimientos.

El Consejo de Salubridad General "ha determinado la pertinencia de declarar como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia generada por el virus COVID-19", dijo el canciller Marcelo Ebrard en onferencia de prensa.

Ebrard dijo que se tomó la decisión ante el aumento en el número de casos confirmados de coronavirus que reportó la Secretaría de Salud en las últimas horas, que pasaron de 993 el domingo a mil 94.

La declaratoria permite a la Secretaría de Salud dictar las acciones necesarias para atender la emergencia y dar directrices a las distintas secretarías de gobierno para proteger empresas y trabajadores, así como garantizar el abasto de alimentos a la población, entre otras tareas.

En ese sentido, el gobierno amplió la suspensión de actividades no esenciales en los sectores público y privado para frenar al coronavirus hasta el 30 de abril, inicialmente fijada hasta el 19.

Diez medidas

1.- A la Secretaría de Gobernación mantener la comunicación y vínculo constante con los poderes de la unión y con los gobiernos de las entidades federativas, así como con las representaciones de la sociedad civil, y en conjunto con la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería de la Presidencia de la República, los medios de comunicación, para promover el cumplimiento de las medidas descritas en la declaratoria de emergencia.

Así mismo, el Instituto Nacional de Migración deberá tomar las previsiones sanitarias necesarias en puertos, aeropuertos y puntos terrestres de ingreso al territorio nacional para cumplir lo dispuesto en la declaratoria de emergencia sanitaria.

2.- A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Economía, Secretaría del trabajo, Instituto Mexicano del Seguro Social, ISSSTE, Infonavit en lo conducente para operar las medidas necesarias a fin de proteger a empresas y trabajadores durante la vigencia de la declaratoria Estableciendo comunicación permanente con su representación.

3.- A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público economía de agricultura y desarrollo rural para que se reúnen con los sectores productivos que participan en la producción y distribución de la canasta básica y para llevar a cabo acciones eficaces que garantizan el abasto toda la población.

4.- A la Secretaría del trabajo y previsión social y aquellas dependencias que tengan la materia para la aplicación de las decisiones de apoyo social acordadas por el presidente de la república.

5.- A la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina Armada de México y la Guardia Nacional a tomar las medidas para garantizar la seguridad de las personas y sociedad conforme a sus respectivas atribuciones, así como para la protección y resguardo de instalaciones estratégicas y redes públicas de comunicación, siempre con el debido respeto a los Derechos Humanos.

6.- A las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Economía, de Salud, de la Función Pública, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al ISSSTE, para resolver las necesidades de recursos humanos y equipo, dispositivos médicos y medicamentos que sean necesarios para que se garantice la atención oportuna y suficiente a quienes requieren atención médica en función de la pandemia del Covid-19.

7.- A la Secretaría de Educación Pública, Conacyt y los centros de Educación públicos y privados a reunirse para coordinar su aportación inmediata en las tareas de análisis e investigación que contribuyen hacer frente a la pandemia.

8.- A la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para la aplicación de disposiciones de esta declaratoria lo que hace a vuelos entradas y salidas de aeropuertos y puertos y coordinación con la Secretaría de Marina Armada de México.

9.- La Secretaría de la Función Pública acompañará los procesos de adquisición necesarios para atender la emergencia temporal.

10.- La Secretaría de relaciones exteriores hará lo necesario para la protección a los mexicanos en el exterior y apoyar al sector salud, Insabi, IMSS e ISSSTE para facilitar el abasto y suministro de insumos médicos para hacer frente al Covid-19.

Se prevé que la Secretaría de Gobernación lo formalice con la publicación del Acuerdo por el que se determinan acciones extraordinarias en materia de salubridad general, para todo el territorio nacional a fin de prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus SARS-CoV2, Covid-19 en el Diario Oficial de la Federación.

En la conferencia estuvieron presentes la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero; el canciller, Marcel Ebrard; el secretario de la Defensa, Crecencio Sandoval; el secretario de Salud, Jorge Alcocer y el secretario de Marina Vidal Francisco Sandoval.


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Con información de AFP

El gobierno de México declaró emergencia sanitaria por la epidemia de coronavirus hasta el 30 de abril ante el aumento en el número de casos en el país, que alcanzan mil 94 contagios y 28 fallecimientos.

El Consejo de Salubridad General "ha determinado la pertinencia de declarar como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia generada por el virus COVID-19", dijo el canciller Marcelo Ebrard en onferencia de prensa.

Ebrard dijo que se tomó la decisión ante el aumento en el número de casos confirmados de coronavirus que reportó la Secretaría de Salud en las últimas horas, que pasaron de 993 el domingo a mil 94.

La declaratoria permite a la Secretaría de Salud dictar las acciones necesarias para atender la emergencia y dar directrices a las distintas secretarías de gobierno para proteger empresas y trabajadores, así como garantizar el abasto de alimentos a la población, entre otras tareas.

En ese sentido, el gobierno amplió la suspensión de actividades no esenciales en los sectores público y privado para frenar al coronavirus hasta el 30 de abril, inicialmente fijada hasta el 19.

Diez medidas

1.- A la Secretaría de Gobernación mantener la comunicación y vínculo constante con los poderes de la unión y con los gobiernos de las entidades federativas, así como con las representaciones de la sociedad civil, y en conjunto con la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería de la Presidencia de la República, los medios de comunicación, para promover el cumplimiento de las medidas descritas en la declaratoria de emergencia.

Así mismo, el Instituto Nacional de Migración deberá tomar las previsiones sanitarias necesarias en puertos, aeropuertos y puntos terrestres de ingreso al territorio nacional para cumplir lo dispuesto en la declaratoria de emergencia sanitaria.

2.- A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Economía, Secretaría del trabajo, Instituto Mexicano del Seguro Social, ISSSTE, Infonavit en lo conducente para operar las medidas necesarias a fin de proteger a empresas y trabajadores durante la vigencia de la declaratoria Estableciendo comunicación permanente con su representación.

3.- A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público economía de agricultura y desarrollo rural para que se reúnen con los sectores productivos que participan en la producción y distribución de la canasta básica y para llevar a cabo acciones eficaces que garantizan el abasto toda la población.

4.- A la Secretaría del trabajo y previsión social y aquellas dependencias que tengan la materia para la aplicación de las decisiones de apoyo social acordadas por el presidente de la república.

5.- A la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina Armada de México y la Guardia Nacional a tomar las medidas para garantizar la seguridad de las personas y sociedad conforme a sus respectivas atribuciones, así como para la protección y resguardo de instalaciones estratégicas y redes públicas de comunicación, siempre con el debido respeto a los Derechos Humanos.

6.- A las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Economía, de Salud, de la Función Pública, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al ISSSTE, para resolver las necesidades de recursos humanos y equipo, dispositivos médicos y medicamentos que sean necesarios para que se garantice la atención oportuna y suficiente a quienes requieren atención médica en función de la pandemia del Covid-19.

7.- A la Secretaría de Educación Pública, Conacyt y los centros de Educación públicos y privados a reunirse para coordinar su aportación inmediata en las tareas de análisis e investigación que contribuyen hacer frente a la pandemia.

8.- A la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para la aplicación de disposiciones de esta declaratoria lo que hace a vuelos entradas y salidas de aeropuertos y puertos y coordinación con la Secretaría de Marina Armada de México.

9.- La Secretaría de la Función Pública acompañará los procesos de adquisición necesarios para atender la emergencia temporal.

10.- La Secretaría de relaciones exteriores hará lo necesario para la protección a los mexicanos en el exterior y apoyar al sector salud, Insabi, IMSS e ISSSTE para facilitar el abasto y suministro de insumos médicos para hacer frente al Covid-19.

Se prevé que la Secretaría de Gobernación lo formalice con la publicación del Acuerdo por el que se determinan acciones extraordinarias en materia de salubridad general, para todo el territorio nacional a fin de prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus SARS-CoV2, Covid-19 en el Diario Oficial de la Federación.

En la conferencia estuvieron presentes la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero; el canciller, Marcel Ebrard; el secretario de la Defensa, Crecencio Sandoval; el secretario de Salud, Jorge Alcocer y el secretario de Marina Vidal Francisco Sandoval.


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Con información de AFP

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