/ lunes 3 de julio de 2023

SCJN responde a Luisa María Alcalde: no pueden reducirse sueldos de los ministros

La respuesta de la Corte apela al principio del Artículo 123 de la Constitución que indica que las remuneraciones no deben ser diferenciadas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dijo a la titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), Luisa María Alcalde que no pueden reducirse los sueldos de los ministros por décimo de otro Poder de la República.

Esto, luego que Alcalde enviara un oficio a la Corte por orden del presidente Andrés Manuel López Obrador, para que explicara el Máximo Tribunal el porqué no se han acogido a su Ley de Austeridad.

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La respuesta de la Corte apela al principio del Artículo 123 de la Constitución que indica que las remuneraciones no deben ser diferenciadas ni podrán ser disminuidos por actos de otros Poderes.

“El Artículo 123 constitucional establece el principio de que a trabajo igual debe corresponder salario igual. Derivado de lo anterior, las percepciones que reciben los Ministros de la Suprema Corte no pueden ser diferenciadas ni pueden ser disminuidas por actos provenientes de los otros Poderes", apunta el escrito.

El Máximo Tribunal, precisó a Alcalde que su oficio no cuenta con fundamento jurídico para solicitar explicaciones al Poder Judicial.

"Se le comunica que los preceptos citados en dicho escrito no constituyen el fundamento jurídico para que la Secretaría de Gobernación realice una petición de esa naturaleza a la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, añadió.

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Finalmente, le recordó a la secretaria de Gobernación que la propia Corte declaró inválidos diversos artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, puesto que el Poder Legislativo no estableció parámetros objetivos para fijar los suelos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dijo a la titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), Luisa María Alcalde que no pueden reducirse los sueldos de los ministros por décimo de otro Poder de la República.

Esto, luego que Alcalde enviara un oficio a la Corte por orden del presidente Andrés Manuel López Obrador, para que explicara el Máximo Tribunal el porqué no se han acogido a su Ley de Austeridad.

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La respuesta de la Corte apela al principio del Artículo 123 de la Constitución que indica que las remuneraciones no deben ser diferenciadas ni podrán ser disminuidos por actos de otros Poderes.

“El Artículo 123 constitucional establece el principio de que a trabajo igual debe corresponder salario igual. Derivado de lo anterior, las percepciones que reciben los Ministros de la Suprema Corte no pueden ser diferenciadas ni pueden ser disminuidas por actos provenientes de los otros Poderes", apunta el escrito.

El Máximo Tribunal, precisó a Alcalde que su oficio no cuenta con fundamento jurídico para solicitar explicaciones al Poder Judicial.

"Se le comunica que los preceptos citados en dicho escrito no constituyen el fundamento jurídico para que la Secretaría de Gobernación realice una petición de esa naturaleza a la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, añadió.

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Finalmente, le recordó a la secretaria de Gobernación que la propia Corte declaró inválidos diversos artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, puesto que el Poder Legislativo no estableció parámetros objetivos para fijar los suelos.

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