Para prevenir riesgos como el estrés que provoca la pandemia actual de Covid-19 y todos los eventos traumáticos en el entorno laboral, el próximo 23 de octubre entra en vigencia plena la Norma Oficial Mexicana NOM-035, que tiene que ver con factores de Riesgo Psicosocial en el trabajo así como su identificación, análisis y prevención.
Estas normas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que en su primera fase se aplican desde el 23 de octubre del 2019, son medidas de prevención, identificación de los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos y a la difusión de información.
En su segunda fase, lleva a la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, la evaluación del entorno organizacional, a tomar medidas y acciones de control, la práctica de exámenes médicos y sus registros, entrarán en vigor el 23 de octubre venidero, recordó el abogado especialista en Derecho Laboral, Héctor de la Cruz.
“La NOM 035 que ha tenido dos fases paulatinas de implementación, tiene que entrar en vigencia plena a partir del 23 de octubre próximo. Ya estamos sobre la hora. Para esto, ya todos los patrones tienen que haber llevado a cabo el desarrollo de esas métricas que propone la propia norma para detectar factores de riesgo psicosocial”.
¿Cómo cuáles?
-Pueden ser muy variados, no necesariamente el enfoque es hacia el estrés laboral per-sé dentro de la empresa. Pueden ser incluso factores externos, que viva el propio trabajador en su casa derivados del entorno social.
Y por ejemplo, la propia pandemia actual que vivimos es un factor de estrés psicosocial. Y por lo tanto, la implementación de la norma lo que pretende es que el patrón tenga una herramienta eficiente para medir esa situación general de la empresa, ese ambiente de trabajo, esa estabilidad emocional que tienen los trabajadores para poder detectar los focos rojos, identificarlos a través de ciertos cuestionarios que son anexos de la norma y tomar medidas.
Entre las medidas incluso pueden llegar a tener que contratar un sicólogo para que dé pláticas a los empleados y personas de la organización, por detectarle un tema muy peculiar, explica el experto en Derecho Laboral del despacho De la Vega & Martínez Rojas.
Al final de cuentas no solo es conveniente tener una métrica acertada de nuestro medio ambiente interno sino también, por el hecho de no tener la norma, de no llevarla a la aplicación desde el 23 de octubre, van imponerse multas.
Comentó que habrá inspecciones por parte de la STPS para constatar si hubo avances y hacer revisiones. Y en caso de cumplir, el patrón puede ser sujeto de alguna sanción.
Además de que nos conviene tener la NOM 035, debemos contar con ella para evitarnos problemas futuros, precisó.
Señaló que ya viene la aplicación al 100%. Se hizo en dos fases: una inicial empezó el 23 de octubre del año pasado y todavía permitió un año a todos los patrones para poder implementarla al 100% y pasado ese período, ya empieza su aplicación total.
Obligaciones y responsabilidades
Y de acuerdo a la STPS, las obligaciones de los patrones en empresas entre 16 y 50 trabajadores, se deben practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a factores de riesgo psicosocial cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración de su salud.
Las obligaciones de los trabajadores, son observar las medidas de prevención y en su caso de control de los factores de riesgo psicosocial. Y colaborar para contar con un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral.
También deben informar sobre prácticas opuestas al entorno organizacional y denunciar actos de violencia laboral; participar en los eventos de información y someterse a los exámenes médicos.
Como importante, considera la STPS que “en ningún caso se evalúa el estrés en el trabajador o su perfil sicológico. No existe obligación de ningún tipo de certificación”.
Se precisa: “La STPS no valida, certifica, aprueba o autoriza a ningún consultor para la aplicación de la NOM-035-STPS-2018”.
Y por ende, no existe obligación para la contratación de consultores, asesores o gestores. Es decisión del patrón.
Para conocer más, hay cursos gratuitos en línea a través del Programa de Capacitación a Distancia para Trabajadores en la dirección www.procadist.gob.mx Y para dudas el correo: dgsst@stps.gob.mx