/ miércoles 20 de noviembre de 2019

TEPJF desecha impugnación a elección de Rosario Piedra

La Sala Superior determinó que al tratarse de un procedimiento parlamentario, entonces la materia de la impugnación queda fuera de su esfera de competencia

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó una impugnación a la elección de Rosario Piedra Ibarra como titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, esto porque el asunto no es electoral.

“En sesión pública, las magistradas y los magistrados consideraron que la demanda debe desecharse porque no se actualiza ninguna de las hipótesis de procedencia del juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano, pues el acto que se reclama no puede considerarse como de naturaleza electoral”, determinó la Sala Superior.

Esta determinación se da a la impugnación que presentó el ciudadano Israel Trujillo López en contra de la elección y posterior toma de protesta que hizo el Senado a Piedra Ibarra como ombudsperson nacional. El ciudadano consideró que sus derechos político electorales habían sido violados por las presuntas irregularidades en el proceso.

Sin embargo, la Sala Superior determinó que al tratarse de un procedimiento parlamentario, entonces la materia de la impugnación queda fuera de su esfera de competencia.

“Esto, debido a que los juicios y recursos del sistema de medios de impugnación en materia electoral son improcedentes para analizar este tipo de actos, el cual es formal y materialmente de carácter parlamentario, y no es aplicable la justicia por la vía electoral”, dice la sentencia.

El pasado 7 de noviembre el Senado votó a Piedra Ibarra para ser presidenta de la CNDH por los próximos cinco años, pero los partidos de oposición denunciaron que el proceso tuvo muchas irregularidades. A pesar de ello, y en medio de una sesión accidentada, Piedra juró el cargo el 12 de noviembre y lo asumió el pasado sábado.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación desechó una impugnación a la elección de Rosario Piedra Ibarra como titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, esto porque el asunto no es electoral.

“En sesión pública, las magistradas y los magistrados consideraron que la demanda debe desecharse porque no se actualiza ninguna de las hipótesis de procedencia del juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano, pues el acto que se reclama no puede considerarse como de naturaleza electoral”, determinó la Sala Superior.

Esta determinación se da a la impugnación que presentó el ciudadano Israel Trujillo López en contra de la elección y posterior toma de protesta que hizo el Senado a Piedra Ibarra como ombudsperson nacional. El ciudadano consideró que sus derechos político electorales habían sido violados por las presuntas irregularidades en el proceso.

Sin embargo, la Sala Superior determinó que al tratarse de un procedimiento parlamentario, entonces la materia de la impugnación queda fuera de su esfera de competencia.

“Esto, debido a que los juicios y recursos del sistema de medios de impugnación en materia electoral son improcedentes para analizar este tipo de actos, el cual es formal y materialmente de carácter parlamentario, y no es aplicable la justicia por la vía electoral”, dice la sentencia.

El pasado 7 de noviembre el Senado votó a Piedra Ibarra para ser presidenta de la CNDH por los próximos cinco años, pero los partidos de oposición denunciaron que el proceso tuvo muchas irregularidades. A pesar de ello, y en medio de una sesión accidentada, Piedra juró el cargo el 12 de noviembre y lo asumió el pasado sábado.

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