/ domingo 4 de abril de 2021

Todos los contratos colectivos de trabajo serán públicos en las plataformas del CFCRL

Pero no se conocerá el sentido del voto del trabajador en las consultas de legitimación

En los procesos de consulta para legitimar los contratos colectivos de trabajo, se garantiza la secrecía del voto de las y los trabajadores y, de acuerdo a los procedimientos del nuevo modelo laboral, todos los contratos colectivos de trabajo serán públicos a través de las plataformas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), legitimados a no por la base trabajadora.

El director general de este organismo, Alfredo Domínguez Marrufo, manifestó que se trabaja de manera conjunta con las Juntas de Conciliación y Arbitraje en la digitalización de contratos para que estén a disposición de cualquier trabajador.

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“Se revisan los archivos de digitalización que brindan las Juntas, para tenerlos en nuestras plataformas y que todos los trabajadores los puedan conocer; sea un contrato de protección o no tendrá que publicarse de manera transparente. Lo que no podemos decir es el sentido del voto de cada uno de los trabajadores. Eso no puede ser; pero sí los resultados de una votación que da lugar a legitimación o no”, dijo.

Durante su participación en reunión de trabajo del Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral (OCRL), explicó que la documentación que las organizaciones sindicales tienen que presentar para trámites registrales “no se analizan de manera aislada” y que el Centro cuenta con el personal para brindar toda la asesoría necesaria a los sindicatos.

Uno de los principios plasmados en la ley en materia sindical es que, por encima de los formalismos, está el interés colectivo “y no podemos permitir que las y los trabajadores, por un error de la directiva sindical, se queden sin representación ante la empresa y frente a las autoridades”.

Señaló Domínguez Marrufo que debido a la contingencia sanitaria por Covid-19, se reportó que no se realizaron adecuaciones a estatutos, no se hicieron cambios de directivas, actualización de padrones; pero la respuesta a los trámites se realiza de manera ordenada.

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Enfatizó que el Centro tiene todas las facultades para apoyar en los procesos registrales sin intervenir en las decisiones de los sindicatos. “Lo importante es que los trabajadores queden tutelados debidamente”.

Lo que hace el Centro es verificar que se cumpla con el procedimiento de consulta, que los trabajadores tengan 3 días antes de manera física al contrato colectivo de trabajo, que la consulta se realice en un espacio seguro; que no exista coacción por parte del patrón o personas ajenas y que se garantice el voto personal, libre, directo y secreto.

Consideró que las alianzas, acuerdos o pactos sindicales entre organizaciones pueden realizarse siempre y cuando el contrato colectivo de trabajo se haya sometido a consideración de la base trabajadora.

En los procesos de consulta para legitimar los contratos colectivos de trabajo, se garantiza la secrecía del voto de las y los trabajadores y, de acuerdo a los procedimientos del nuevo modelo laboral, todos los contratos colectivos de trabajo serán públicos a través de las plataformas del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), legitimados a no por la base trabajadora.

El director general de este organismo, Alfredo Domínguez Marrufo, manifestó que se trabaja de manera conjunta con las Juntas de Conciliación y Arbitraje en la digitalización de contratos para que estén a disposición de cualquier trabajador.

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“Se revisan los archivos de digitalización que brindan las Juntas, para tenerlos en nuestras plataformas y que todos los trabajadores los puedan conocer; sea un contrato de protección o no tendrá que publicarse de manera transparente. Lo que no podemos decir es el sentido del voto de cada uno de los trabajadores. Eso no puede ser; pero sí los resultados de una votación que da lugar a legitimación o no”, dijo.

Durante su participación en reunión de trabajo del Observatorio Ciudadano de la Reforma Laboral (OCRL), explicó que la documentación que las organizaciones sindicales tienen que presentar para trámites registrales “no se analizan de manera aislada” y que el Centro cuenta con el personal para brindar toda la asesoría necesaria a los sindicatos.

Uno de los principios plasmados en la ley en materia sindical es que, por encima de los formalismos, está el interés colectivo “y no podemos permitir que las y los trabajadores, por un error de la directiva sindical, se queden sin representación ante la empresa y frente a las autoridades”.

Señaló Domínguez Marrufo que debido a la contingencia sanitaria por Covid-19, se reportó que no se realizaron adecuaciones a estatutos, no se hicieron cambios de directivas, actualización de padrones; pero la respuesta a los trámites se realiza de manera ordenada.

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Enfatizó que el Centro tiene todas las facultades para apoyar en los procesos registrales sin intervenir en las decisiones de los sindicatos. “Lo importante es que los trabajadores queden tutelados debidamente”.

Lo que hace el Centro es verificar que se cumpla con el procedimiento de consulta, que los trabajadores tengan 3 días antes de manera física al contrato colectivo de trabajo, que la consulta se realice en un espacio seguro; que no exista coacción por parte del patrón o personas ajenas y que se garantice el voto personal, libre, directo y secreto.

Consideró que las alianzas, acuerdos o pactos sindicales entre organizaciones pueden realizarse siempre y cuando el contrato colectivo de trabajo se haya sometido a consideración de la base trabajadora.

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