A partir de hoy, todos los juzgados del país deberán otorgar amparos a quienes deseen fumar mariguana, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó en el Semanario Judicial de la Federación ocho tesis de jurisprudencia sobre su uso lúdico, en las que determinó que su prohibición es inconstitucional.
Las tesis señalan que la prohibición del consumo de mariguana no es una medida proporcional para proteger la salud y el orden público, por lo que la penalización vulnera el libre desarrollo de la personalidad. La resolución del máximo tribunal de justicia en el país no incluye la producción ni comercio de la mariguana ya que aún no hay una postura al respecto, no obstante, sí obliga a todos los jueces del país a otorgar amparos.
Las ocho tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación señalan que la prohibición absoluta de la mariguana con fines constitucionalmente válidos, la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta, los derechos de terceros y orden público, los derecho a la protección de la salud y los derecho al libre desarrollo de la personalidad en diferentes temas.
“Prohibir el uso lúdico de la mariguana es inconstitucional, ya que vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad”, dicen las ocho tesis de jurisprudencia publicadas en el Semanario Judicial de la Federación.
Cabe recordar que la Corte otorgó dos amparos en octubre pasado los cuales se sumaron a otros tres dados anteriormente, con lo que suman cinco amparos, cantidad necesaria para establecer jurisprudencia y así cualquier ciudadano podrá solicitar un permiso al Gobierno federal para consumir mariguana con fines recreativos.
Tras estos cinco amparos ya sólo era necesaria la aprobación de la Primera Sala de las tesis al respecto. El 13 de febrero pasado la Corte dio aviso al Senado y a la Cámara de Diputados de la aprobación.