/ miércoles 13 de noviembre de 2024

Tras protestas de trabajadores, CJF modifica ley para erradicar despidos arbitrarios

El CJF informó que la determinación tomada en la sesión de este miércoles se deriva de las mesas de diálogo que sostuvieron en las últimas semanas con sindicatos y trabajadores independientes

El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, presidido por Norma Lucía Piña Hernández, acordó este miércoles una modificación legal para que las y los trabajadores del Poder Judicial no puedan ser cesados de su empleo sin justificación alguna por parte de sus empleadores: jueces y Magistrados titulares de órganos jurisdiccionales del país.

A través de la circular 25/2024, el CJF informó que la determinación tomada en la sesión de este miércoles se deriva de las mesas de diálogo que sostuvieron en las últimas semanas con sindicatos y trabajadores independientes

El CJF no detalló en qué consisten las modificaciones al Artículo 51 Bis del Acuerdo General del CJF; sin embargo, trabajadores del PJF celebraron la determinación, pues es una de las exigencias que han reclamado al Consejo desde que comenzaron las protestas por la reforma judicial.

“Hago de su conocimiento que en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, en seguimiento a los compromisos establecidos en las mesas de diálogo celebradas con los trabajadores del Poder Judicial de la Federación, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, aprobó el ACUERDO GENERAL QUE REFORMA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES, EN RELACIÓN CON EL PROCEDIMIENTO DE CESE, previsto entre otros, en el articulo 51 Bis del diverso que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo”, explica la circular.

Hasta hoy, el Artículo 51 Bis establecía:

Puede interesarte: Juzgado otorga nueva suspensión contra Reforma Judicial

“En caso de que un trabajador de base adscrito a un órgano jurisdiccional incurra en una causal de cese, el titular podrá removerlo en uso de la facultad que le otorga el artículo 97 constitucional, debiendo levantar invariablemente un acta con las formalidades que establece el artículo 46 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado”.

Con esta determinación, las y los titulares de órganos jurisdiccionales no podrán cesar a trabajadores sin una razón justificada, tal como ocurría según las denuncias de la base trabajadora.

El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, presidido por Norma Lucía Piña Hernández, acordó este miércoles una modificación legal para que las y los trabajadores del Poder Judicial no puedan ser cesados de su empleo sin justificación alguna por parte de sus empleadores: jueces y Magistrados titulares de órganos jurisdiccionales del país.

A través de la circular 25/2024, el CJF informó que la determinación tomada en la sesión de este miércoles se deriva de las mesas de diálogo que sostuvieron en las últimas semanas con sindicatos y trabajadores independientes

El CJF no detalló en qué consisten las modificaciones al Artículo 51 Bis del Acuerdo General del CJF; sin embargo, trabajadores del PJF celebraron la determinación, pues es una de las exigencias que han reclamado al Consejo desde que comenzaron las protestas por la reforma judicial.

“Hago de su conocimiento que en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, en seguimiento a los compromisos establecidos en las mesas de diálogo celebradas con los trabajadores del Poder Judicial de la Federación, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, aprobó el ACUERDO GENERAL QUE REFORMA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES, EN RELACIÓN CON EL PROCEDIMIENTO DE CESE, previsto entre otros, en el articulo 51 Bis del diverso que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo”, explica la circular.

Hasta hoy, el Artículo 51 Bis establecía:

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“En caso de que un trabajador de base adscrito a un órgano jurisdiccional incurra en una causal de cese, el titular podrá removerlo en uso de la facultad que le otorga el artículo 97 constitucional, debiendo levantar invariablemente un acta con las formalidades que establece el artículo 46 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado”.

Con esta determinación, las y los titulares de órganos jurisdiccionales no podrán cesar a trabajadores sin una razón justificada, tal como ocurría según las denuncias de la base trabajadora.

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