Primera parte
La Fiscalía encargada de acusar al líder de la iglesia de la Luz del Mundo, Naasón Joaquín García, cometió errores y abusos en un juicio que aún no comienza formalmente, violando presuntamente principios generales del debido proceso vigentes en cualquier parte del mundo, que van desde la omisión del derecho a que el acusado -en este caso sus abogados defensores- conozcan la identidad de quienes lo acusan hasta el ocultamiento de pruebas a su favor.
Los cimientos de la acusación están basados en las llamadas “Jane Does” -nombre que se les dio a las presuntas víctimas y principales testigos de acusación-, que hoy presentan fisuras legales, débiles y contradictorias declaraciones que será difícil sostener. Los abogados defensores encuentran aquí la justificación del porqué hasta después de más de dos años y medio pretenden iniciar un juicio en forma en contra de su representado, en el próximo mes de mayo del 2021.
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Pero más aún, el porqué hasta ahora -casi tres años después- la misma Fiscalía ha revelado identidades de quienes acusan, no obstante que en cualquier parte del mundo quien es sometido a un proceso tiene derecho a saber quien lo señala.
Ante ello, la firma de abogados Werksman Jackson & Quinn LLP han solicitado una orden de anulación de la información de conformidad con la Petición de Desestimación de Derecho Común y No Estatutario; Petición de Desestimación de Conformidad con el Artículo 995 del Código Penal. Esta acción, de proceder, acabaría con el juicio antes de que éste iniciara en forma.
La advertencia estaba hecha. En la audiencia preliminar, el Gobierno de Estados Unidos representó con confianza y en voz alta al tribunal, en numerosas ocasiones, exhortó en voz alta a la Fiscalía, con respecto al descubrimiento de pruebas, respondiéndole públicamente que estaban en pleno "cumplimiento" de sus obligaciones legales y constitucionales.
El Tribunal aceptó la explicación de la Fiscalía, al tiempo que recordó a los fiscales sus obligaciones de conformidad y advirtió que, si ocultaban alguna prueba material, lo hacían bajo su "propio riesgo".
Sin embargo, solo 31 días antes de la fecha fijada para el juicio, septiembre del 2021, el fiscal general Jeffrey Segal realizó una repentina y urgente llamada telefónica con el Tribunal y el abogado de la defensa para poner en conocimiento del tribunal el hecho de que él mismo acababa de empezar a revisar el contenido de los dispositivos (teléfonos celulares) de las "Jane Does" y había descubierto pruebas que, en sus propias palabras, "la defensa podría encontrar exculpatorias".
Lo anterior obligó a las partes a solicitar el cambio de setiembre 2021 a mayo del año 2022, pues no se recibieron las pruebas exculpatorias de manera oportuna; la dilatación del inicio del juicio ha sido por el retraso mal intencionado de la fiscalía, en otorgar la información necesaria para integrar el juicio.
Más de un mes después de esta llamada telefónica, y después de que el Tribunal exhortó a la Fiscalía a presentar estas pruebas bajo la fase de descubrimiento de pruebas, la Fiscalía finalmente entregó a la defensa las descargas forenses de los dispositivos de las denunciantes “Jane Does”, que son cinco.
Las comunicaciones, se advierte, ponen en evidencia que se conocen entre ellas y a su vez conocen coincidentemente a terceras personas, lo que confirma una estrecha y fuerte relación entre sí; se hacen confesiones unas a otras y hablan incluso de fabricar delitos para justificar conductas personales inapropiadas, ante sus padres.
En esas comunicaciones se advierten contradicciones con sus propias declaraciones que en su momento hicieron para acusar a Naasón Joaquín García y, caso contrario, se pone de manifiesto que algunas de ellas recibieron las promesas de dinero, y ayuda con el estatus de inmigración de su marido a cambio de su colaboración con el gobierno (lo que aparece en la página 50 del expediente).
Al ser notificados casi tres años después de tales pruebas, la defensa sostiene que la Fiscalía suprimió activamente cualquier prueba contraria a su caso y lo logró alterando y manipulando afirmativamente las pruebas presentadas a la defensa en la fase de descubrimiento de pruebas, sostiene en su alegato.
Destacan además que “parece que el Gobierno sabía desde el principio de este caso lo perjudiciales que eran las propias comunicaciones de las 'Jane Does' para su teoría del caso. Por lo tanto, la Fiscalía no se limitó a suprimir estas pruebas durante años, sino que optó por alterar, editar y manipular activamente las pruebas que presentaba a los abogados de la defensa en la fase de descubrimiento de pruebas para que estas parecieran inculpatorias”.
¿A juicio sin pruebas?
No es la primera ocasión que pretenden llevarlo a juicio literalmente sin pruebas. Consta en el expediente BA475856 que el 4 de junio de 2019 se presentaron los primeros cargos contra el Señor García, en el condado de Los Ángeles, y desde entonces ha permanecido en custodia en la cárcel, lo que equivale a una retención sin fianza.
Ese primer caso fue desestimado el 7 de abril del 2020 debido a una violación del derecho del Naasón Joaquín García, a una audiencia preliminar oportuna, como lo determinó en su momento la Corte de Apelaciones del Segundo Distrito de California con sede en los Ángeles que determinó que el Tribunal Superior de esta ciudad no cumplió con ofrecerle un juicio expedito dentro de los primeros días de que se le agregaron nuevos cargos penales, violentando sus derechos constitucionales.
Sin embargo, insistieron y el 30 de julio de 2020 emprendieron una nueva acción, donde el 11 de agosto de ese mismo año y luego de una audiencia de seis días completos, sin que declarara ninguno de los testigos denunciantes, fueron aceptados todos los cargos para proceder al inicio del juicio.
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La historia continúa y en la próxima entrega la fallida teoría de “el lavado de cerebro”.
Publicado originalmente en El Occidente