/ domingo 31 de marzo de 2019

CNDH pide a la SSPC y FGR reparar daños a víctimas de Interpol en Guerrero

Policías federales que se identificaron como “Interpol”, detuvieron a dos personas y los subieron a una camioneta donde fueron golpeados y amenazados

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a Alfonso Durazo Montaño, Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), y Alejandro Gertz Manero, Fiscal General de la República (FGR) tras violentar los derechos humanos a la seguridad jurídica, legalidad y libertad personal, mediante la detención arbitraria y retención ilegal de dos personas, así como por tortura en contra de una de las víctimas, en Acapulco, Guerrero.

El organismo nacional refiere que estas conductas son atribuibles a cinco policías federales que se identificaron como “Interpol”, quienes detuvieron a las dos personas y los subieron a una camioneta donde fueron golpeados, amenazados y trasladados a un inmueble en donde fueron interrogados; a la persona del sexo masculino lo torturaron física y psicológicamente.

Señala que después de investigar el caso, constató que los policías no se apegaron a los principios de seguridad jurídica y legalidad en la detención de las dos personas, al carecer de orden de aprehensión, ni encontrarse acreditada la flagrancia o caso urgente; además, omitieron poner a las víctimas de manera inmediata a disposición de la autoridad ministerial para definir su situación jurídica.

Y 21 horas después de su detención sólo el hombre fue presentada ante la SEIDO en la Ciudad de México, mientras que la mujer estuvo retenida más de 26 horas y fue liberada, lo cual se desprende de las evidencias.

Se determinó también que el personal ministerial federal a cargo de la indagatoria iniciada por el delito de tortura incurrió en responsabilidad por indebida procuración de justicia en agravio de la víctima del sexo masculino, al advertirse dilación, negligencia y carencia de profesionalismo al no investigar ni recabar información sustantiva para el esclarecimiento de los hechos.

Por ello, la CNDH recomendó al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, repare el daño a las personas agraviadas, en términos de la Ley General de Víctimas; se les brinde atención psicológica y se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas.

Pidió su colaboración la integración de la carpeta de investigación por la denuncia que este Organismo Nacional formule ante la FGR contra los cinco policías, incluyendo a otros que por acción u omisión hayan tolerado tales hechos; colabore en la queja que la CNDH promueva ante la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal contra las personas servidoras públicas de esa corporación involucradas y partícipes en los hechos denunciados por una de las víctimas.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a Alfonso Durazo Montaño, Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), y Alejandro Gertz Manero, Fiscal General de la República (FGR) tras violentar los derechos humanos a la seguridad jurídica, legalidad y libertad personal, mediante la detención arbitraria y retención ilegal de dos personas, así como por tortura en contra de una de las víctimas, en Acapulco, Guerrero.

El organismo nacional refiere que estas conductas son atribuibles a cinco policías federales que se identificaron como “Interpol”, quienes detuvieron a las dos personas y los subieron a una camioneta donde fueron golpeados, amenazados y trasladados a un inmueble en donde fueron interrogados; a la persona del sexo masculino lo torturaron física y psicológicamente.

Señala que después de investigar el caso, constató que los policías no se apegaron a los principios de seguridad jurídica y legalidad en la detención de las dos personas, al carecer de orden de aprehensión, ni encontrarse acreditada la flagrancia o caso urgente; además, omitieron poner a las víctimas de manera inmediata a disposición de la autoridad ministerial para definir su situación jurídica.

Y 21 horas después de su detención sólo el hombre fue presentada ante la SEIDO en la Ciudad de México, mientras que la mujer estuvo retenida más de 26 horas y fue liberada, lo cual se desprende de las evidencias.

Se determinó también que el personal ministerial federal a cargo de la indagatoria iniciada por el delito de tortura incurrió en responsabilidad por indebida procuración de justicia en agravio de la víctima del sexo masculino, al advertirse dilación, negligencia y carencia de profesionalismo al no investigar ni recabar información sustantiva para el esclarecimiento de los hechos.

Por ello, la CNDH recomendó al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, repare el daño a las personas agraviadas, en términos de la Ley General de Víctimas; se les brinde atención psicológica y se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas.

Pidió su colaboración la integración de la carpeta de investigación por la denuncia que este Organismo Nacional formule ante la FGR contra los cinco policías, incluyendo a otros que por acción u omisión hayan tolerado tales hechos; colabore en la queja que la CNDH promueva ante la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Federal contra las personas servidoras públicas de esa corporación involucradas y partícipes en los hechos denunciados por una de las víctimas.

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