/ lunes 1 de marzo de 2021

Tribunal Electoral de Guerrero desecha impugnación contra candidatura de Salgado Macedonio

Los magistrados descartaron la impugnación por unanimidad de votos, por lo que Félix Salgado Macedonio sigue como candidato de Morena para la gubernatura del estado

El Tribunal Electoral de Guerrero (TEEGRO) desechó hoy el juicio electoral ciudadano promovido por Basilia Castañeda Maciel en contra del registro de Félix Salgado Macedonio como candidato de Morena para la gubernatura del estado.

El magistrado J. Inés Betancourt Salgado explicó que existen dos causales de improcedencia que impiden al Tribunal Electoral pronunciarse sobre el tema.

En primer lugar, señaló la inexistencia del acto impugnado, ya que el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) no ha aprobado el registro de Salgado Macedonio como candidato.

El órgano electoral local tiene como plazo del 2 al 4 de marzo para resolver la procedencia de las solicitudes de registro de candidaturas.

“Por tanto, es incuestionable que el acto impugnado no ha nacido a la vida jurídica”, sentenció Betancourt.

La segunda causal de improcedencia es la falta de nombre y firma autógrafa de 60 ciudadanas que Castañeda señala en su demanda.

“No hay firmas que hagan suponer que el documento fue elaborado con el consentimiento de dichas ciudadanas y menos que éstas hagan suyos los razonamientos y pretensiones que se invocan en el escrito del medio impugnativo”, expuso el magistrado electoral.

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Por ello, en su dictamen propuso desechar el juicio electoral, donde por unanimidad de votos se descartó la impugnación.

Anteriormente, la Fiscalía General del Estado informó en conferencia de prensa que su denuncia por la supuesta violación del candidato ocurrida en 1988, ya había prescrito y por lo tanto, carecía de validez.




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El Tribunal Electoral de Guerrero (TEEGRO) desechó hoy el juicio electoral ciudadano promovido por Basilia Castañeda Maciel en contra del registro de Félix Salgado Macedonio como candidato de Morena para la gubernatura del estado.

El magistrado J. Inés Betancourt Salgado explicó que existen dos causales de improcedencia que impiden al Tribunal Electoral pronunciarse sobre el tema.

En primer lugar, señaló la inexistencia del acto impugnado, ya que el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) no ha aprobado el registro de Salgado Macedonio como candidato.

El órgano electoral local tiene como plazo del 2 al 4 de marzo para resolver la procedencia de las solicitudes de registro de candidaturas.

“Por tanto, es incuestionable que el acto impugnado no ha nacido a la vida jurídica”, sentenció Betancourt.

La segunda causal de improcedencia es la falta de nombre y firma autógrafa de 60 ciudadanas que Castañeda señala en su demanda.

“No hay firmas que hagan suponer que el documento fue elaborado con el consentimiento de dichas ciudadanas y menos que éstas hagan suyos los razonamientos y pretensiones que se invocan en el escrito del medio impugnativo”, expuso el magistrado electoral.

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Por ello, en su dictamen propuso desechar el juicio electoral, donde por unanimidad de votos se descartó la impugnación.

Anteriormente, la Fiscalía General del Estado informó en conferencia de prensa que su denuncia por la supuesta violación del candidato ocurrida en 1988, ya había prescrito y por lo tanto, carecía de validez.




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