/ domingo 18 de agosto de 2019

Reducen edad para ser alcalde en Oaxaca

El Congreso del estado redujo de 25 a 18 años la edad mínima para ser alcalde de un ayuntamiento

El Congreso del estado de Oaxaca redujo de 25 a 18 años la edad mínima para ser alcalde de un ayuntamiento. La medida, dicen, es para garantizar la participación de las y los jóvenes en los cargos de administración pública, y no discriminar por razón de edad ni se violen los derechos que se adquieren una vez adquirida la ciudadanía al cumplirla mayoría de edad

La reforma busca dar cumplimiento al artículo 23 de la Constitución Política del Estado de Oaxaca y a la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en razón al reconocimiento de ciudadanía.

La propuesta, que fue presentada por el diputado Arsenio Lorenzo Mejía, consistió en recuperar fracciones mal estructuradas del citado artículo 23 reduciendo el requisito de edad para ser elegibles como presidentes municipales al cumplir los 18 años, y no hasta los 25.

Con esta reforma también se cumplen tratados internacionales firmados por México respecto a la tutela del principio de igualdad de derechos y no discriminación, “y así en igualdad, cualquier ciudadano pueda formar parte de los asuntos públicos del Estado”.

El dictamen refiere que la edad no debe ser un factor para considerar la idoneidad de realizar actividades que se encomiendan desarrollar, puesto que se estaría realizando un acto de discriminación en razón de tiempo biológico de la persona

El Congreso del estado de Oaxaca redujo de 25 a 18 años la edad mínima para ser alcalde de un ayuntamiento. La medida, dicen, es para garantizar la participación de las y los jóvenes en los cargos de administración pública, y no discriminar por razón de edad ni se violen los derechos que se adquieren una vez adquirida la ciudadanía al cumplirla mayoría de edad

La reforma busca dar cumplimiento al artículo 23 de la Constitución Política del Estado de Oaxaca y a la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en razón al reconocimiento de ciudadanía.

La propuesta, que fue presentada por el diputado Arsenio Lorenzo Mejía, consistió en recuperar fracciones mal estructuradas del citado artículo 23 reduciendo el requisito de edad para ser elegibles como presidentes municipales al cumplir los 18 años, y no hasta los 25.

Con esta reforma también se cumplen tratados internacionales firmados por México respecto a la tutela del principio de igualdad de derechos y no discriminación, “y así en igualdad, cualquier ciudadano pueda formar parte de los asuntos públicos del Estado”.

El dictamen refiere que la edad no debe ser un factor para considerar la idoneidad de realizar actividades que se encomiendan desarrollar, puesto que se estaría realizando un acto de discriminación en razón de tiempo biológico de la persona