/ viernes 9 de agosto de 2024

Despenalizan el aborto en Zacatecas: Tribunal ordena derogar artículos que castigaban con prisión

Los artículos derogados señalaban que se daría de cuatro meses a un año de prisión "a la madre que voluntariamente procure un aborto o consienta en que otro la haga abortar”

El Segundo Tribunal Colegiado de Vigésimo Tercer Circuito determinó declarar inconstitucionales las leyes que prohíben el aborto voluntario en Zacatecas, informó la organización GIRE que promovió el amparo inicialmente.

La determinación del Tribunal, de acuerdo con la organización civil, ordena al Congreso local de Zacatecas la derogación de los artículos que penalizan el aborto en Zacatecas, los cuales fueron publicados oficialmente desde el 17 de mayo de 1986.

El 24 de agosto de 2023, GIRE solicitó la protección de la ley ante un juez de amparo contra los artículos 311, 312 y 313 del Código Penal del estado.

Al presentar el amparo, GIRE reclamó que la prohibición del aborto consentido “atenta contra el derecho a la igualdad y no discriminación”. Además, dijo en aquel juicio, “constituye una forma de violencia de género contra las mujeres y otras personas con capacidad para gestar”, de acuerdo con el expediente judicial.

Pese a los argumentos, el 12 de diciembre de 2023 el recurso fue desechado. El juzgado tomó esta decisión luego de que el Congreso local y el Poder Ejecutivo de la entidad argumentaran que la organización civil “carece de interés legítimo” en la impugnación de los artículos 311, 312 y 313 del Código Penal del estado.

Dichos artículos, publicados desde 1986, refieren que: “Se impondrán de cuatro meses a un año de prisión a la madre que voluntariamente procure un aborto o consienta en que otro la haga abortar”.

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Luego del revés en juzgados, GIRE promovió un recurso de revisión y el caso llegó al Segundo Tribunal Colegiado de Zacatecas, que este viernes 9 de agosto determinaron conceder el amparo a la organización y declarar inconstitucionales las leyes mencionadas.

“Este logro es parte de la estrategia jurídica nacional impulsada por GIRE para que se elimine el delito de aborto de todos los Códigos peales, y se reconozca y garantice como un servicio de salud esencial al que las mujeres, hombres trans y personas no binaries gestantes pueden recurrir para ejercer su autonomía reproductiva”, expresó la organización respecto al fallo judicial.

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El Segundo Tribunal Colegiado de Vigésimo Tercer Circuito determinó declarar inconstitucionales las leyes que prohíben el aborto voluntario en Zacatecas, informó la organización GIRE que promovió el amparo inicialmente.

La determinación del Tribunal, de acuerdo con la organización civil, ordena al Congreso local de Zacatecas la derogación de los artículos que penalizan el aborto en Zacatecas, los cuales fueron publicados oficialmente desde el 17 de mayo de 1986.

El 24 de agosto de 2023, GIRE solicitó la protección de la ley ante un juez de amparo contra los artículos 311, 312 y 313 del Código Penal del estado.

Al presentar el amparo, GIRE reclamó que la prohibición del aborto consentido “atenta contra el derecho a la igualdad y no discriminación”. Además, dijo en aquel juicio, “constituye una forma de violencia de género contra las mujeres y otras personas con capacidad para gestar”, de acuerdo con el expediente judicial.

Pese a los argumentos, el 12 de diciembre de 2023 el recurso fue desechado. El juzgado tomó esta decisión luego de que el Congreso local y el Poder Ejecutivo de la entidad argumentaran que la organización civil “carece de interés legítimo” en la impugnación de los artículos 311, 312 y 313 del Código Penal del estado.

Dichos artículos, publicados desde 1986, refieren que: “Se impondrán de cuatro meses a un año de prisión a la madre que voluntariamente procure un aborto o consienta en que otro la haga abortar”.

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Luego del revés en juzgados, GIRE promovió un recurso de revisión y el caso llegó al Segundo Tribunal Colegiado de Zacatecas, que este viernes 9 de agosto determinaron conceder el amparo a la organización y declarar inconstitucionales las leyes mencionadas.

“Este logro es parte de la estrategia jurídica nacional impulsada por GIRE para que se elimine el delito de aborto de todos los Códigos peales, y se reconozca y garantice como un servicio de salud esencial al que las mujeres, hombres trans y personas no binaries gestantes pueden recurrir para ejercer su autonomía reproductiva”, expresó la organización respecto al fallo judicial.

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