Con 28 votos a favor, el Congreso de Jalisco avaló la Ley Olimpia para castigar la violencia digital contra mujeres y niñas.
Se penalizará la publicación de material íntimo y privado a través de tecnologías de la información y Jalisco es el Estado número 15 en aprobar esta ley.
Dicha ley, establece penas que van de los cuatro a ocho años de prisión y multa de mil a dos mil unidades de medida de actualización que representan 86 mil 880 a 173 mil 760 pesos.
De la misma manera, prevé que el Ministerio Público o la autoridad judicial competente ordene a las empresas prestadoras de servicios digitales el retiro inmediato de la publicación realizada sin consentimiento de la víctima.
La diputada local Sofía García Mosqueda propuso la reforma conocida como Ley Olimpia, la cual modifica y adiciona diversos artículos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia digital contra las mujeres y las niñas; contiene cambios legislativos integrales con perspectiva de género, victimal y digital.
Refiere la reforma sancionar las conductas de violación a la intimidad sexual de las personas, a través de la divulgación de material íntimo sin consentimiento por cualquier medio digital.
García Mosqueda, dijo que el ilícito se perseguirá por querella, habrá reparación integral del daño, se obliga a que el agresor vaya a reeducación integral con perspectiva de género, pida una disculpa pública y en todos los casos se ordenará el retiro del material que hayan subido en las distintas redes sociales.
“Se agrega al Código Penal el concepto de "violación a la intimidad sexual" porque estamos hablando que las personas lo hacen con la confianza de que son pareja, comparten un video o algunas fotos; entonces, es un abuso de confianza el compartir estos videos o información”, manifestó.
Se faculta a las secretarías de Educación y a la de Igualdad entre Mujeres y Hombres, a los municipios para sancionar penalmente estas conductas en todas sus formas y manifestaciones.
Con esta aprobación por el Pleno en sesión extraordinaria virtual queda regulado el delito de ciberacoso, incurrirá en esta falta la persona que por medio de las tecnologías de la información, hostigue, acose, persiga, moleste o incomode a otra y le cause un daño en la integridad psicológica y/o en la dignidad personal.
Al responsable se le impondrá una sanción de 100 días de trabajo a favor de la comunidad y asistencia a programas de reeducación integral. Este delito se perseguirá por querella de la ofendida o de su representante, si se trata de un menor de edad se procederá de oficio.
García Mosqueda subrayó que la Fiscalía Estatal deberá capacitar a los ministerios públicos para sensibilizarlos para que traten con perspectiva de género este tipo de casos.
La Secretaría de Seguridad deberá crear direcciones y unidades especializadas para la investigación y sanción en materia de delitos contra las mujeres mediante el uso de las tecnologías de la información.
Las mujeres y niñas víctimas de violencia digital podrán acceder a órdenes de protección preventivas y de emergencia para salvaguardar su integridad.
Se prohíbe al agresor intimidar, molestar, acosar o comunicarse con la víctima, directa o indirectamente a través del uso de tecnologías de la comunicación, se ordenará la restricción y bloqueo de internet o de redes sociales de las cuentas del agresor cuando se determine que persiste el riesgo para la víctima indicó la legisladora priísta.
Conoce más...
- La Ley Olimpia nace por su creadora, la activista poblana Olimpia Melo, quien redactó en el 2014 el primer proyecto para visibilizar y reconocer este tipo de violencia en México.
- Jalisco es el estado número 15 en avalar esta reforma.
- Las penas se aumentarán hasta en una mitad cuando se cometa este delito contra una persona menor de 18 años.