/ miércoles 21 de agosto de 2024

Ordena la SCJN al Congreso de Yucatán despenalizar el aborto

El Congreso Yucatán deberá derogar los artículos del Código Penal que criminalizan el aborto

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó conceder la protección de la ley a la Asociación Civil Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva, y ordenó al Congreso del Estado de Yucatán la derogación de los artículos del Código Penal de la entidad que criminalizan el aborto.

En primera instancia, el proyecto de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat determinaba que los artículos del 389, 390, 392 Y 393 del Código Penal del estado de Yucatán, que criminalizan el aborto, debían ser inaplicados solo a la esfera jurídica de la Asociación Civil amparada y a aquellas mujeres y personas con capacidad de gestar que sean asistidas y acompañadas por esta asociación.

No obstante, durante la sesión y a petición de la mayoría de los ministros que componen la Primera Sala de La Corte, los efectos se extendieron para que la interrupción del embarazo se despenalice en todo Yucatán.

“En cuanto a los efectos, se habían propuesto unos efectos acotados, pero la mayoría determinó que fueran extensos en relación con precedentes, se están presentando entonces extensos”, explicó la ministra Ríos Farjat.

Con ello, el Congreso del Estado de Yucatán deberá derogar estos artículos que penalizan el aborto, conforme a los antecedentes y la determinación del Alto Tribunal.

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Los efectos del proyecto fueron aprobados con tres votos a favor y dos en contra (uno, de la ministra ponente Ríos Farjat quien consideró que la protección de la ley debía acotarse solo a la Asociación Civil).

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó conceder la protección de la ley a la Asociación Civil Servicios Humanitarios en Salud Sexual y Reproductiva, y ordenó al Congreso del Estado de Yucatán la derogación de los artículos del Código Penal de la entidad que criminalizan el aborto.

En primera instancia, el proyecto de la ministra Ana Margarita Ríos Farjat determinaba que los artículos del 389, 390, 392 Y 393 del Código Penal del estado de Yucatán, que criminalizan el aborto, debían ser inaplicados solo a la esfera jurídica de la Asociación Civil amparada y a aquellas mujeres y personas con capacidad de gestar que sean asistidas y acompañadas por esta asociación.

No obstante, durante la sesión y a petición de la mayoría de los ministros que componen la Primera Sala de La Corte, los efectos se extendieron para que la interrupción del embarazo se despenalice en todo Yucatán.

“En cuanto a los efectos, se habían propuesto unos efectos acotados, pero la mayoría determinó que fueran extensos en relación con precedentes, se están presentando entonces extensos”, explicó la ministra Ríos Farjat.

Con ello, el Congreso del Estado de Yucatán deberá derogar estos artículos que penalizan el aborto, conforme a los antecedentes y la determinación del Alto Tribunal.

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Los efectos del proyecto fueron aprobados con tres votos a favor y dos en contra (uno, de la ministra ponente Ríos Farjat quien consideró que la protección de la ley debía acotarse solo a la Asociación Civil).

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