Las imágenes de Milagros Monserrat siendo asesinada por un hombre a plena luz del día en una calle de León, Guanajuato, provocaron indignación en México y pusieron en evidencia la violencia contra las mujeres que impera en dicha entidad.
Entre 2011 y 2021 se registró un incremento de 732 por ciento en el registro de mujeres asesinadas en Guanajuato, de 56 a 541 mujeres asesinadas por año, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Mientras que de enero a junio de 2023, Guanajuato fue la entidad donde hubo más mujeres víctimas de homicidio doloso con 204 casos, lo que representa el 15.81 por ciento de las cifras a nivel nacional, según información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Sin embargo, de ser la entidad con mayor número de casos en homicidios dolosos contra mujeres, Guanajuato se posicionó en el lugar 22 de los estados con mayor número de feminicidios, ya que sólo se registraron siete casos durante el mismo periodo de tiempo
Además, cabe señalar que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) destacó que en el primer trimestre de 2023 ninguna muerte violenta de mujeres fue investigada como feminicidio en Guanajuato, una estadística a la que posiblemente podría sumarse el caso de Milagros Monserrat porque, hasta el momento, su asesinato se investiga como un ataque directo por aparentes rencillas personales y no como un feminicidio.
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Homicidios y feminicidios, ¿cuál es la pena para cada uno?
El artículo 307 del Código Penal Federal de México establece que la pena para una persona responsable de cometer un homicidio doloso (intencional) oscila entre los 12 y los 24 años de prisión.
En tanto, una persona responsable de cometer un homicidio doloso específico, que son los homicidios en razón de parentesco o relación de acuerdo con el Código Civil Federal, tienen una pena de prisión que va de los 30 hasta los 60 años. Cabe señalar que un homicidio se tipifica de esta forma cuando existe un vínculo afectivo entre el agresor y la víctima.
Para el caso de un feminicidio, el cual se define así al provocarle la muerte a una mujer por razones de género, tiene una pena de prisión que va de los 40 hasta los 60 años. El artículo 325 del Código Penal señala que existen razones de género en las siguientes circunstancias:
- La victima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
- A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
- Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;
- Haya existido entre el activo y la victima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
- Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
- La victima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
- El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.
¿Asesinato de Milagros Monserrat fue un feminicidio?
Familiares de Milagros Monserrat aseguraron que ella no conocía al sujeto que le quitó la vida e indicaron que se trató de un asalto, pero la Secretaría de Seguridad Pública de León descartó que se tratara de un delito patrimonial.
De acuerdo con la dependencia, Milagros Monserrat fue víctima de un ataque directo por "aparentes rencillas personales".
A pesar de que Miguel "N", presunto asesino de Milagros Monserrat, ya se encuentra detenido, hasta el momento no hay una declaración por su parte con la cual se pueda establecer que se trató de un feminicidio.